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Anulan sanción a Pemex

Por Agencia - 26 enero, 2017 - 02:24 a.m.
Anulan sanción a Pemex

La Comisión Federal de Competencia había atribuido una pena por prácticas anticompetitivas

México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló ayer la multa de 652 millones de pesos impuesta a Petróleos Mexicanos (Pemex) en 2013 por prácticas monopólicas relativas en el mercado de transporte de gasolina.

Por unanimidad, la Segunda Sala amparó a la empresa estatal contra una resolución de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que le ordenó cesar la práctica de obligar a las gasolineras a recibir solo el combustible transportado en pipas que controla el sindicato petrolero.

“Las conductas por las que Pemex fue multada, consistentes en el transporte de gasolina y diésel hacia las gasolineras (venta atada), son actividades que en ese momento formaban parte de un monopolio constitucional autorizado, por lo que no eran sancionables por el organismo regulador”, resolvió.

También da la razón a Petróleos Mexicanos en su alegato de que el transporte desde las terminales hacia las gasolineras sí era un área estratégica de la industria petrolera porque la reforma energética de 2013 previó su apertura paulatina a la inversión privada, es decir, antes no era posible la existencia de libre competencia en el sector.

El fallo puso fin a más de tres años de litigio entre Pemex y la Cofece, que impuso varias multas adicionales por el incumplimiento de su orden, que siempre topó con el argumento de que se violaría el Contrato Colectivo de Trabajo con el STPRM, mismo que no fue motivo de pronunciamiento judicial.

En diciembre pasado, el Ministro Alberto Pérez Dayán presentó un proyecto que negaba el amparo a Pemex, como hizo una jueza en primera instancia, y concluía que el área estratégica de la industria petrolera nacional donde estaba protegido el monopolio no incluía el transporte desde las terminales de almacenamiento hasta las estaciones de servicio.

El Gobierno Federal litigó intensamente contra esta propuesta, y en sesiones privadas, los otros cuatro ministros de la Sala rechazaron el proyecto original, por lo que Pérez Dayán aceptó presentar uno nuevo, que también enfatiza que estas prácticas ya no están permitidas ahora que entró en vigor la Reforma Energética.

“Pemex Refinación (ahora Pemex Logística) debe participar ahora en un régimen de competencia en beneficio de los mercados, pero sobre todo de los consumidores”, dice la sentencia.

Por tanto, explicaron fuentes de la Corte, son nulas las cláusulas de contratos de suministro de la empresa que obliguen a las gasolineras a aceptar los servicios de la empresa estatal para transportar el combustible.

“En materia de transporte debe garantizarse que los comercializadores y propietarios de estaciones de servicio puedan decidir si continúan ligados a una relación jurídica con Pemex, o bien, si optan por modelos independientes de comercialización y expendio de petrolíferos al público”, agrega el fallo.

La sanción de la Cofece derivó de denuncias presentadas en 2010 por gasolineros y transportistas de Hidalgo y el Estado de México, y estimó que la asignación exclusiva a pipas controladas por el sindicato había provocado sobrecostos de más de mil millones de pesos durante el período de la investigación.

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