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Coahuila

Pierden patria potestad y apellidos en sus hijos

Por Staff / La Voz - 03 mayo, 2018 - 11:50 p.m.
Pierden patria potestad  y apellidos en sus hijosNiños abandonados pueden exigir cambio de apellidos o ellos o sus madres.

DORA ISELA DE LA CRUZ / LA VOZ

SABINAS, COAHUILA.- Abandonar a los hijos puede traer consecuencias legales ya sea al padre o la madre que se va, además de los lazos emocionales con sus hijos los padres pueden perder la patria potestad y aun los apellidos el padre o madre que se queda con los hijos pueden solicitar ante los Tribunales el cambio de apellido, en fecha reciente se destrabaron más de 100 juicios que estaban pendientes, los padres demandados se desentendieron completamente de sus hijos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló a favor de los hijos.

Se antepone los derechos de los niños.

Mediante algunos juicios en algunos casos se sustituyó el nombre del padre que abandonó por el padre adoptivo, todos estos casos se llevaron en tribunales federales.

Los procesos se llevan a juicio explicó el abogado Pablo Ernesto Meza Quintanilla, Procurador Municipal de Niños, Niñas y la Familia en Nueva Rosita, una vez que se solicita el cambio de apellido se lleva un proceso de adopción.

El abandono y la falta de pensión alimenticia son causa de perder la patria potestad, primero debe iniciarse un juicio de pérdida de patria potestad por parte del cónyuge que se hace cargo de los hijos y en caso necesario un juicio de adopción.

Otro caso es también de que ambos padres de mutuo consentimiento pueden dar en adopción a su hijo y en este caso llevará los apellidos de los padres adoptivos.

Todos estos casos están establecidos en el Código de Procedimientos Familiares y Ley para la familia que rigen en el Estado de Coahuila.

El abogado Pablo Ernesto Meza Quintanilla, procurador Municipal de Niños, Niñas y la Familia en Nueva Rosita aclaró cómo los padres pueden perder patria potestad y apellidos.

En este caso- dijo el abogado Meza Quintanilla- el cambio de apellido no puede ser automático ante el Registro Civil sino que antes tiene que realizarse un juicio de Perdida de Patria Potestad, pero aun perdiendo la patria potestad si su cónyuge no se ha casado continua con la obligación de proporcionar pensión alimenticia.

Pero no solo eso, los padres que no mantienen a sus hijos incluso pueden entrar en un padrón de Deudores Morosos mediante una autorización Judicial, pero antes una autoridad obligará al padre a otorgar la pensión so pena de perder la libertad, ya que está considerada como un delito la falta de pensión alimenticia.

La Juez Fernanda Iribarren de la Oficialía 4ª del Registro Civil.

En el caso de que el padre falle o no se encuentre, los familiares directos tendrán obligación de proporcionarla, esto aplica también en caso de muerte.

Explicó el procurador que en caso de que la madre no quiera recibir la pensión alimenticia por una situación vanal, el padre está obligado a depositarla en un juzgado para que se deposite en una cuenta que solo la madre podrá cobrar, es un proceso transparente, el juzgado no se queda con ningún dinero y si la madre se niega a recibir la pensión también incurre en un delito al no proporcionar bienestar a sus hijos.

La Juez Fernanda Iribarren, de la Oficialía del Registro Civil Número 4 en Sabinas, manifestó que no han recibido ningún oficio en el cual se especifique que se puedan hacer cambios de apellidos automáticamente, siempre es mediante una orden judicial, un oficio que ampare, el cambio de nombre de alguna persona.

Injusto para padres perder apellido cuando esposa se niega a recibir pensión, Isabel Alvarado.

Lo que si estamos haciendo es preguntar a los padres cual apellido quieren que venga primero en el caso del primogénito, porque según la ley ahora pueden ir en orden diferente, anteriormente solo se podía poner el apellido paterno y enseguida el materno, aunque todas las parejas continúan eligiendo el orden tradicional.

No se puede hacer este procedimiento con el segundo o tercer hijo o más, solo con el primogénito y ese orden deberá seguirse con los demás.

La Juez Iribarren comentó que ella sabe que en todo cambio de apellido debe hacerse un juicio primero, por medio de un abogado hacer la solicitud y llevarlo a los tribunales.

En cuanto a los requisitos para registrar a un niño o niña siguen siendo los mismos establecidos por la Ley Estatal de la Familia, Código de Procedimientos Familiares y la Constitución.

Faltar al pago de pensión puede llevar hasta la cárcel a los padres.

Por otra parte la señora Isabel Alvarado es abuela de un joven el cual su hijo dejó cuando era muy pequeño ahora se está enfrentando al hecho de que la madre de su nieto quiere quitar el apellido de su hijo y sustituirlo por el de su pareja actual.

Comentó que su hijo se fue a los Estados Unidos y solo enviaba pensión a través de ella, sin embargo la ex mujer nunca quiso aceptarla, solo algunos regalos que ella, la abuela le compró, manifestó que siente un profundo cariño por su nieto y que es recíproco.

Sin embargo la madre del ahora joven ha insistido en quitar el apellido lo cual ella considera injusto porque su hijo en ningún momento se negó a proporcionar manutención.

Este proceso se llevó a los juzgados de lo familiar y la abuela a través de un abogado quiere evitar que su nieto deje de llevar los apellidos de su padre.

Consideró que esta situación podría ser justa cuando el padre se desentiende totalmente pero no en estos casos.

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