Por: Efrén Lira Fernández
Cd. Acuña, Coah. -Aquellos trabajadores que no recibieron aguinaldo durante el mes de diciembre, tienen un periodo máximo de hasta un año para presentar una demanda en contra de su empleador, esto en caso de que se haya violado el derecho a la percepción, informó Denis Lozano, titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en Acuña.
Hizo referencia a que durante el mes de diciembre se atendió a un total de 65 personas que solicitaron información acerca de este beneficio laboral; 13 por la prestación del aguinaldo y el resto acerca del ahorro, a quienes se les ofreció asesoría de forma personalizada y se les hizo ver los montos a que tenían derecho.
La titular de esta dependencia informó que en los casos de aquellas personas que tienen vigente un procedimiento, como demanda legal ante la Junta de Conciliación, recibirán sus pagos equivalentes al aguinaldo una vez que concluyan con sentencia, es así que no se puede exigir el pago de estas prestaciones durante el mes de diciembre.
Lozano mencionó que la dependencia orientó también a varios patrones acerca de los montos que debieron pagar a sus trabajadores. “Recordemos que por todo el año trabajado, los trabajadores tienen derecho a una percepción, mínimo de quince días de salario, que se debieron de pagar hasta el 20 de diciembre”. Quien laboró menos de 12 meses, recibió lo proporcional.
Reiteró que en los casos en los que no se haya pagado el aguinaldo, los trabajadores que no estén satisfechos pueden interponer una demanda para reclamar este beneficio y tienen hasta el mes de diciembre del 2019 como límite.
También dio a conocer que la dependencia a su cargo sigue atendiendo los trámites de declaración de beneficiarios de aquellos trabajadores que desean dejar cubiertos como beneficiarios de derechos laborales tanto a la esposa e hijos, beneficio que tiene efecto al momento en que fallece el trabajador.
Denis Lozano, titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.