Invalida la Suprema Corte decretos que preveían la creación de un organismo intermunicipal de agua y saneamiento en el estado de Coahuila.
Por: Staff / La Voz
En una decisión contundente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la invalidez de los decretos relacionados con la creación del "Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Monclova y Frontera, Coahuila". La determinación se basa en impugnaciones presentadas por los municipios de Frontera y Monclova, quienes alegaron que los procesos legislativos violaron su participación debida.
Los decretos cuestionados son el Decreto 245, que reformó la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, y el Decreto 247, que modificó el Decreto 300, creando el mencionado organismo público descentralizado.
La Corte destacó que la omisión de incluir a los municipios de Frontera y Monclova en los procesos legislativos fue el factor determinante en su decisión. La Constitución de Coahuila de Zaragoza establece claramente que, en casos de iniciativas de ley o decreto en materia municipal, los ayuntamientos respectivos deben ser consultados para conocer su opinión, un paso que no se cumplió en este caso.
En cuanto al decreto que modificó la creación del Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento, la Corte subrayó que la Ley de Aguas para los Municipios del Estado dicta que la iniciativa para reformas debe provenir de los propios municipios integrantes del sistema, lo cual no fue el caso. La iniciativa fue presentada por diputados, lo que llevó a la Corte a determinar que el Congreso local carecía de competencia para establecer unilateralmente las reformas contenidas en el decreto.
Es importante señalar que las declaratorias de invalidez tendrán efectos únicamente entre las partes involucradas, ya que fueron los municipios de Frontera y Monclova quienes impugnaron las disposiciones.
Las controversias constitucionales 124/2022 y 121/2022, presentadas por los Municipios de Frontera y Monclova, respectivamente, han sido fundamentales para esta decisión de la Corte. La ponente de la resolución fue la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, con la colaboración de los secretarios Juvenal Carbajal Díaz y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina.