Desmiente Sindicatura acuerdo con CIESA para pagos laborales de AHMSA y MINOSA

El síndico Víctor Manuel Aguilera aclara que no hay coordinación con la empresa para revisar documentos ni tramitar pagos.

Por: Diana Ortiz

MONCLOVA, COAHUILA.- La Sindicatura responsable de los procedimientos concursales de Altos Hornos de México, S.A.B. de C.V. (AHMSA) y Minera del Norte, S.A. de C.V. (MINOSA).

(MINOSA) desmintió categóricamente la existencia de un acuerdo de coordinación con la empresa Construcciones e Ingenierías Electromecánicas, S.A. de C.V. (CIESA) para agilizar el pago de derechos laborales a trabajadores y extrabajadores.

Desmentido de Coordinación con CIESA

La postura institucional responde a un comunicado difundido el 8 de octubre de 2026 por CIESA, representada por el ingeniero José Arturo Domínguez Arteaga.

En dicha publicación, la constructora afirmó sostener una presunta coordinación con el síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez para revisar actas de defunción, cotejar documentación de personal fallecido y organizar los pagos correspondientes.

Al respecto, Aguilera Gómez manifestó que no ha sostenido comunicación, negociación, coordinación ni acuerdo alguno con CIESA. En consecuencia, rechazó de manera absoluta cualquier participación de la Sindicatura en las actividades de revisión documental u organización de pagos mencionadas por la empresa.

Recomendaciones a Trabajadores y Acreedores

Dada la relevancia del asunto para los involucrados, la Sindicatura exhortó a los trabajadores, extrabajadores, familias y acreedores a atender únicamente las actuaciones realizadas ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, donde se tramitan formalmente los expedientes 19/2023 de AHMSA y 77/2022 de MINOSA.

El órgano concursal enfatizó que es ante dicha autoridad judicial donde se presenta cualquier asunto relacionado con ambos procedimientos para conocimiento de las partes y consideración de la jueza.

Finalmente, la Sindicatura sostuvo que, si bien no es ajena ni insensible a las apremiantes circunstancias y necesidades sociales de los trabajadores y acreedores, en el proceso deben prevalecer la verdad, el estricto apego a la ley y la certeza jurídica para garantizar la equidad y protección de los derechos de todas las partes.

Salir de la versión móvil