Embargarían secretarias la 147 y la 288

Embargarían secretarias la 147 y la 288.

Por: Gerardo Martínez

Secciones sindicales de la 147 y 288 pueden ser embargadas por la demanda interpuesta por secretarias y personal de los comités locales ante la autoridad laboral, quienes exigen el pago de las semanas pendientes.

Desde el pasado 13 de septiembre se llevaron a cabo las audiencias entre las trabajadoras de los comités de la Sección 147 y 288, principalmente secretarias, quienes demandaron ante el Centro de Conciliación Laboral por incumplimiento de pago, a los representantes de los comités locales.

Dentro de la audiencia el representante legal de ambos sindicatos se declaró insolvente para poder cubrir el pago de salarios pendientes, por lo que se emitió el acta de no conciliación y se pasó el caso al Juzgado Laboral.

Con esto, las trabajadores iniciarán un juicio en contra del sindicato, demandando el pago de las semanas, en donde tienen la capacidad para solicitar un embargo precautorio, con el fin de garantizar el pago.

Las trabajadoras deberán de justificar la necesidad de la medida cautelar, al establecer que el demandado es insolvente para realizar el pago o que vaya a dilapidar los bienes y queden sin terminación.

Se indicó que los bienes muebles o inmuebles que sean señalados deben ser propiedad del demandado, en este caso el sindicato.

El Director del Centro de Conciliación Laboral, Roberto Ramírez García informó que ya se expidieron las actas de No Conciliación, requisito indispensable para acudir a demandar al Juzgado Laboral, y las trabajadores deberán iniciar el juicio.

En cuanto a los tiempos para iniciar el juicio eso depende de las trabajadoras, pero deben de cumplir tiempos de acuerdo a la prestación que vayan a reclamar, la cual se tiene que hacer en un plazo menor a 60 días en caso de algún despido injustificado o tienen hasta un año si se trata de alguna otra prestación.

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