Lo hallan culpable por despojo de inmueble

Por: Azucena Tenorio

Encuentran culpable a Pedro “N” por delito de despojo de inmueble, quien actuó con plena convicción en prejuicio de Estela Carrizales Baltazar sin consentimiento ni orden legal, será el 23 de septiembre cuando se le dictará la sentencia en el Centro de Justicia Penal.

El 25 de mayo la señora Estela fue despojada de su inmueble ubicado en la calle Cuauhtémoc y Juárez número 58, después de vivir siete años en él, al intentar detener a Pedro “N” y recuperar sus muebles, este la estrujó dos veces y la tiró al suelo ante la vista de vecinos y familiares de la afectada. Para colmo, sus pertenencias fueron llevadas a la Presidencia Municipal de Escobedo y quedaron inservibles por la forma en la que las dejaron los elementos de Seguridad Pública.

La señora Estela Carrizales dijo estar contenta con el resultado.

A las 9:30 de la mañana se retomó el juicio oral contra Pedro “N” en la Sala 3 del Centro de Justicia Penal, rindió su testimonio el médico José Salvador “G” quien realizó el certificado de lesiones de la señora Estela el 25 de mayo del 2016, a petición del familiar Pedro “L” en el Centro de Salud de la colonia Independencia.

Debido a que la Secretaría de Salud no puede emitir tal documento, el médico aceptó ver a la afectada en su consultorio particular ubicado sobre la calle Zaragoza Sur 705. Mediante exploración física e imagen, determinó que Estela tenía equinosis (moretones) en la cara interior de ambos brazos, esguince sin trazo de fractura y limitación de movimiento en la muñeca.

Señaló a los presentes que los moretones tenían menos de 72 horas por la coloración que presentaban, no fueron espontáneas y si producidas por una tercera persona, las heridas no ponían en riesgo su vida y debía tener reposo durante dos semanas tomando analgésicos y anti inflamatorios.

Luego fue el turno del acusado Pedro “N”, mencionó que el domicilio está escriturado a su nombre ante Certturc en el año 2007 como herencia de su padre quien falleció en 2004, dicho documento tiene la firma del entonces presidente municipal, secretario del ayuntamiento y síndico. A pesar de tener buena comunicación con su mamá Juanita, señaló no saber nada del contrato que sostuvo con Estela ni haber recibido los primeros 20 mil de los 90 mil pesos, tampoco le dio permiso de vender la casa.

En su testimonio, comentó que al enterarse que Estela estaba viviendo en su domicilio le pidió varias veces que se retirara, mas no actuó de forma legal, también dijo que recibió amenazas de su parte y aunque levantó la denuncia, este no tuvo seguimiento. Argumentó que familiares de la señora tenían influencias en la policía estatal y municipal, por eso las quejas no tuvieron eco.

Prosiguió a contratar a hombres para que se llevaran los muebles de Estela cuando ella no se encontraba y su esposo, fue quien lo dejó pasar sin llevar una orden judicial. En agosto del 2018 obtuvo la libertad de gravamen y ese mismo año lo vendió a una persona que vive en Estados Unidos por la cantidad de 17 mil dólares.

La defensa de Pedro llamó a tres testigos, quienes no aportaron al caso y se contradijeron entre sí, además de ser parientes del acusado. La primera fue María de Jesús, quien dijo ser amiga y trabajó limpiando la casa donde vivía con su mamá durante un año antes de fallecer. El segundo fue César Alejandro, sobrino del propietario y jornalero, contradijo la versión de María diciendo que Pedro era quien trabajaba haciendo el aseo en el domicilio.

La última fue Leticia “M” cuñada de Juanita y tía de Pedro, al igual que los demás, expresó que sabía que era propietario de la casa al verlo hojear las hojas donde supuestamente se veía el nombre de Cerrturc, sin embargo, ninguno pudo decir dónde, cuándo y si leyeron el documento.

Además, dijo que ella vio a Estela cuando habitó en la casa durante los siete años y que junto a Juanita, visitó el lugar para verificar que estuviera en buenas condiciones. Al término se dio un receso para preparar los alegatos de ambas partes.

La defensa de Estela pidió al Juez Hiradier Huerta la pena condenatoria para Pedro “N” ya que ella obró de buena fe al hacer el contrato de compra venta con Juanita en la Presidencia Municipal de Escobedo, además, este realizo un despojo arbitrario y carente de legalidad, aprovechando que ella estaba en Monclova trabajando.

El abogado de Pedro pidió que se reclasificara el delito a ejercicio arbitrario en su propio derecho y que se hiciera conforme al código vigente anterior ya que “no hay pena sin ley”.

Fue hasta las 18:23 horas cuando los jueces terminaron de deliberar el fallo, el cual fue unánime y resultó en condena por delito de despojo de inmueble para Pedro “N”, al tener plena convicción de los hechos en prejuicio de Estela, no fue factible la reclasificación del delito al encontrar consistentes las lesiones con el relato de la víctima cuando Pedro la agredió en dos ocasiones y la empujó en la calle sin tener consentimiento ni orden judicial.

Este lunes 23 de septiembre se le dictará la sentencia en el Centro de Justicia Penal a las 10:00 de la mañana.

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