Por: Gerardo Martínez
El Congreso del Estado aprobó una modificación del artículo 345 del Código Penal con lo que se sancionará con 6 meses a 2 años de libertad vigilada y una multa que de 500 a mil días de salario mínimo a quienes hagan llamadas de broma a los teléfonos de emergencia y de denuncia.
El pasado miércoles se presentó la Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, que encabeza el Diputado Local Jaime Bueno Zertuche, la iniciativa a través de la cual se adiciona el artículo 345 bis con el que se sanciona el uso indebido de los sistemas de emergencia y denuncia.
La Diputada Local Josefina Garza Barrera señaló que con esta modificación se impondrá de 6 meses a 2 años de libertad vigilada, y multa de quinientos a mil días de salario mínimo, es decir de (51 mil a 102 mil pesos) a las personas que hagan mal uso de los teléfonos como el de seguridad pública, protección civil, bomberos, cruz roja o cualquier número destinado a atender emergencias de la población.
En un inicio se contemplaba dentro la iniciativa sancionar con prisión a las personas que incurrieran en esta falta, pero esto lo descachó la comisión dentro del análisis que hicieron del documento.
Esta iniciativa cobra relevancia tras mencionar que el 85 por ciento de las llamadas que se reciben a través de la línea 911 son de broma, lo que ocasiona un retraso en las verdaderas emergencias, así como un gasto a las corporaciones que se desplazan para atender los reportes que se dan.
Señaló que con esto se busca eliminar las llamadas de broma y mejorar la atención que se da a través de las diferentes corporaciones, con una respuesta más rápida.