Por: Mónica Meza
La Fiscalía General de la República inició un proceso judicial en contra de EPN y Luis Videgaray ex secretario de hacienda, Javier Liñán dijo que sí hay posibilidad jurídica de un proceso legal contra ambos funcionarios.
Dijo que se les atribuye delitos con pena mínima de 2 años y máxima de 14, la Ley Penal Federal señala que es el término medio de máximos y mínimos de la pena.
Estamos en el año donde prescribe el delito, no todos las prescripciones son de la misma manera, se tendría que clasificar el delito, pues hay delitos con penas de solo una multa y otros que no pasa los 5 años de prisión, después son los delitos más graves como el peculado, cohechos y actos de corrupción de funcionarios públicos.
Delito el uso abusivo de facultades y derechos de un funcionario público, esas penas alcanzan de 2 a 14 años de prisión, habría que clasificar el delito, explicó que un homicidio ya se consumó el delito, pero hay delitos continuados como lo es un secuestro, la ley indica que es a partir del último acto de ejecución en donde empiezan a correr plazos de prescripción.
Al momento que se interpone una denuncia, que haya una pesquisa, los plazos de prescripción quedan interrumpidos para que vuelva a ocurrir se tendría una interrupción y el resto que faltara sería inactividad dentro de la Fiscalía.
“La receta de la fiscalía está en seguir investigando si ya empezó, se acabó la prescripción, antes se juzgaba a una persona para que se dijera si había prescrito o no la acción pena, ahora el ahora el nuevo sistema de justicia exigen que jueces analizasen el tema de la prescripción”
Al Juez de control le toca analizar el proceso contra ambos funcionarios, tendrá que analizar cuando se cometió, cuantos actos y cuál fue el último acto para decir si el delito ya se consumó, si hay efectos continuados cuando empieza a correr el término.
Explicó que si hubo un soborno para que se llevara a cabo una elección, que dio lugar a un presidente durante 6 años, el mandato del ex presidente es parte del delito que se consumó, no hay nada que los proteja.
Un fuero no es impunidad, es que en base al cargo público se someta a la opinión del Congreso de la Unión para efecto de desaforar, no es impunidad, es un procedimiento previo por el cargo de la persona o del imputado o el cargo que ostentó en sus momentos.
“La fiscalía está dentro de los plazos que marca la ley para darle continuidad a la carpeta de investigación, una vez empezada es difícil que prescriba pero es una defensa que tienen ahí, pero independientemente os jueces están obligados a hacer un análisis previo”, comentó.