La jueza otorga tres días a Aguilera Gómez para justificar su inasistencia en el proceso penal.
Por: Adriana Cruz
La Jueza Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles lanzó un requerimiento formal al síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez para que explique su falta de comparecencia dentro de un proceso penal en curso, en el que se le señala por el presunto desvío de cuotas sindicales hacia el denominado gremio democrático.
De acuerdo con lo informado por el Sindicato Minero al órgano jurisdiccional, la ausencia del síndico ante la autoridad ministerial representa el único obstáculo que impide a la Fiscalía solicitar la audiencia inicial dentro de la carpeta de investigación vigente. El sindicato advirtió que esta omisión podría generar un perjuicio irreparable a los trabajadores agremiados, al retrasar el avance del procedimiento penal.
Ante ese escenario, la jueza concedió un plazo perentorio de tres días hábiles para que Aguilera Gómez justifique su inasistencia y se pronuncie formalmente sobre los señalamientos. La determinación judicial subraya que el desarrollo del concurso mercantil no debe convertirse en un impedimento para la actuación de la justicia penal, especialmente cuando están en juego recursos que, presuntamente, corresponden a los trabajadores.
En el acuerdo se advierte que, en caso de incumplimiento, el síndico podría hacerse acreedor a una medida de apremio consistente en una multa equivalente a 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA), conforme a lo previsto en la Ley de Concursos Mercantiles. La notificación de este requerimiento deberá realizarse de manera personal para garantizar su debido conocimiento.
Asimismo, la jueza ordenó dar vista al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM) y al Tribunal de Disciplina Judicial, a fin de que tengan conocimiento de la situación y, en su caso, vigilen el estricto cumplimiento de las obligaciones del auxiliar de la justicia. Con esta determinación, el Poder Judicial deja claro que la administración de un procedimiento mercantil no exime de responsabilidades ante otras instancias legales.