Suprema Corte permite embargar recursos de Afores para pensiones alimenticias

Carlos Villarreal Treviño destaca avance judicial en garantía de derechos de menores

Por: Gerardo Martínez

La resolución de la Suprema Corte de Justicia, que permite el embargo de recursos de las Afores para el pago de pensiones alimenticias en casos de desempleo, representa un avance positivo para garantizar el derecho de los menores, así lo indicó Carlos Villarreal Treviño, Delegado del Instituto Estatal de Defensoría Pública.

Luego de que la Suprema Corte avalara esta disposición, en el que se podría utilizar parte del ahorro de subcuenta de las Afores, mencionó que sería una alternativa positiva con la que se garantizaría el pago, sin recurrir a un proceso penal.

Explicó que esta medida permitirá contar con una alternativa efectiva cuando el deudor alimentario no tenga empleo formal ni ingresos, protegiendo así el interés superior de la niñez.

Villarreal Treviño indicó que tan solo el mes pasado la Defensoría gestionó alrededor de 30 trámites de pensión alimenticia, cifra que normalmente aumenta en noviembre y diciembre, previo al pago de aguinaldos, así como también durante el mes de agosto con los gastos del regreso a clases.

Actualmente, cuando el obligado alimentario tiene un empleo, el juez fija una pensión en cantidad líquida y se ordena a la empresa descontar el monto correspondiente, pero cuando no hay ingresos, los afectados recurren a procesos penales o buscan inscribir al deudor en el Registro de Deudores Alimentarios.

"Con esta resolución se abre la posibilidad de asegurar el pago de alimentos desde las cuentas de retiro, algo que garantiza los derechos del menor sin afectar el derecho a la vejez, pues solo se podrá disponer de un monto similar al retiro por desempleo".

Finalmente, subrayó que los juzgadores tienen la obligación de proteger con perspectiva de género y el interés superior del menor, en donde se busca proteger al niño por encima de cualquier interés económico.

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