Sentencia de juez es para vender AHMSA

Se asignaría un sindicó que tomaría las riendas de la administración inhabilitando a Alonso Ancira.

Por: Staff / La Voz

Ahmsa tiene tres días para apelar la decisión judicial de la Quiebra y Suspensión de pagos, se nombró a la Canacero para que designe un síndico que dirigirá la labor de la venta de la empresa y la administración del recurso y la suspensión de pago a proveedores, pero esto no implica el pago a los trabajadores, será un procedimiento que se lleve tiempo.

Así lo explicó la Juez Mónica María Elena Rodríguez Alvarado tras destacar que el proceso se efectuó solo por la demanda de uno de los afectados, que enfrenta un pasivo con Ahmsa de 116 mil 689 pesos que a él no se le pagó, pero el monto general es de aproximadamente 140 millones de pesos entre los 362 acreedores que entraron en la suspensión de pagos de 1999.

Sin embargo de todos ellos, solo uno emitió la denuncia, y solo por éste es que se continuó todo el proceso, porque la ley no distingue si es uno o son todos los afectados quienes hacen uso de sus derechos, indicó.

Explicó la juez que el procedimiento de la Suspensión de Pagos que en 1999 se analizó  la luz de la ley de Quiebras y Suspensión de Pagos, a consecuencia de ello, el juicio tiene que seguir bajo el imperio de esa ley.

Mencionó que en la ley mercantil, el artículo 5to o 6to de concursos mercantiles entró en vigor ese mismo año, a los pocos días o semanas después de la suspensión de pagos.

“Ese artículo de la ley concursal dice que los juicios que se iniciaron con la ley de suspensión de pagos tenían que continuar bajo esa ley, no se podía aplicar la ley de concursos mercantiles”, aclaró.

Recordó que en 1999 la empresa solicitó la suspensión de pagos, junto a Minosa, Mimosa y Micare, el 25 de mayo de ese año, y todo el procedimiento se llevó a cabo para que los acreedores presentaran sus demandas de reconocimiento.

En el 2016 se presentó un convenio por parte de la empresa, el cual fue aprobado, en donde se obligaba a pagar sus créditos después de 3 años, en el 2019 se le requirió el complimiento de ese convenio y empezaron a pagar.

Desafortunadamente, indicó,  las condiciones por las que empezó a pasar la empresa incumplió en el pago; como consecuencia de ello, un acreedor al que no le fue pagado el crédito que tenía a su favor, pidió la recesión del convenio, que traía como consecuencia la declaración de quiebra.

En ese incidente, explicó, se le da vista a la suspensa para que manifieste los intereses que convengan sobre el acreedor inconforme que no está pagado, en la sentencia que se pronunció al estado de quiebra se hace una serie de requerimientos a la empresa.

Así, el pasado 31 de enero se le notifica que se le ha declarado en estado de quiebra, en esta misma sentencia se ordenó la entrega de los libros, los balances, y se le hace de su conocimiento que no puede hacer pagos.

También se definió que se ha nombrado  un síndico, que en este caso fue la Canacero, a quien se le ordena el aseguramiento y posesión de bienes, que quedan bajo la responsabilidad de un síndico, pero este proceso de designación, no se ha llevado a cabo, así que desconoce cuando asume el síndico.

En razón de que no se proporcionó el domicilio de la Canacero, le requirieron a la misma  a la empresa que proporcione el domicilio, para notificarle que ha sido designada, sin embargo, es una persona moral y tiene que ser representada ´por una persona física.

“Ellos nos van a decir si aceptan el cargo, en caso de ser así, quien es la persona física que se va a asignar, el síndico es el que se tiene que apremiar, aceptar el cargo, asumir la responsabilidad que se refiere con la sentencia”, indicó.

El objeto de la declaración de quiebra, señaló la entrevistada, es la preservación de la empresa, el objetivo principal es que al quebrado o al comerciante se le quita la administración, pero, no puede dejar de pagar a los trabajadores, esto es algo que no puede hacer, porque precisamente la empresa va seguir funcionando, con otro tipo de acreedores, pero ya no puede hacer ningún pago.

En el caso de Altos Hornos de México, señaló la juez que se trata de una empresa muy grande y que justamente la consecuencia es tomar la administración con el objetivo de realizar la venta.

Indicó que el síndico se va a encargar de la administración, la ley le confiere, el síndico se encargaría de negociaciones con otras firmas para el proceso de la venta.

“Él va a regirse por lo mejor que le convenga a la empresa y a los trabajadores, se tienen que solventar los créditos de la suspensión de pagos, y los acreedores, que viene después de la suspensión de pagos”, señaló.

Y fue clara al señalar que tiene que ser una persona que sepa de administración y debe tener calidad moral, y añadió que la Cámara está conformada con personas honestas, también destacó que el síndico será solo una representación, pero deberá ser el consejo de la Canacero quienes tomen las decisiones.

Recordó la jueza que en el año de la suspensión de pagos se designó como Síndico a la Canacinra, y ellos designaron como delegado al licenciado Glaxiola.

Sobre si existieran juicios iniciados contra la empresa se tienen que sumar a este proceso, porque no se hará ningún pago, tendrán que acumularse.

Por todo lo anterior, comentó que si se llega a hacer alguna negociación para la venta de la empresa, el actual Consejo de Administración de Ahmsa ya no tendrá participación en ello.

Indicó que hay 362 acreedores más afectados con la suspensión de pagos y aunque fueron notificados por si deseaban sumarse, ninguno de ellos acudió.

Mencionó la entrevistada que del 31 de enero, se les dio un término a la empresa de tres días hábiles para que muestren su lista de proveedores, y una vez conociéndola se les notificará por correo electrónico o actuario que tienen 45 días para presentar sus demandas de reconocimiento de sus créditos.

Antes de finalizar, la jueza destacó que el término de quiebra automáticamente se asocia con la muerte de la empresa, pero no es así, “La empresa que compre o intervenga en una negociación no va a invertir para perder, va a invertir para ganar”.

También destacó que en 1999 la mayoría de los acreedores eran bancos de Japón, México y España hoy en día, son comerciantes de proveeduría, “quiero pensar que la empresa necesita de ellos para continuar para lo que está destinada, la producción del acero”.

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