Por: Gerardo Martínez
El próximo domingo 01 de mayo será día inhábil para los trabajadores de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, por lo que las personas a las que les toque laborar se les debe pagar el día al triple.
El Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Ricardo Aguirre Cuellar indicó que el primero de mayo es un día de descanso obligatorio, ante la celebración del Día del Trabajo y es uno de los pocos festivos que no se recorren, por lo que el día de descanso será el domingo.
En esta ocasión, el festivo no beneficiará a muchos trabajadores que descansan ya sea el fin de semana o únicamente el domingo, sin embargo para las personas que laboren ese día si les representará un beneficio económico.
Conforme al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que sean citados a laborar en día festivo tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponde por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, pero en este caso al ser domingo, deberá recibir un salario triple.
Comentó que en la región Centro no se tienen problemas por ese sentido, ya que la mayoría de las empresas otorgan este día y aquellas que citan a sus trabajadores cumplen con el pago establecido por la ley.