Cuestionan la multa a niña

El abogado señala que el vehículo retirado es un objeto recreativo y no una motocicleta destinada al tránsito vial.

Por: Carlos Macias

SABINAS, COAH.- El abogado Xavier Urquizo Guerrero calificó como ilegal y desproporcionado el procedimiento realizado por elementos de la Policía Municipal de Sabinas, quienes retiraron una mini motocicleta a una niña de 10 años en un terreno baldío y le impusieron una multa administrativa.

Según el jurista, el hecho presenta múltiples irregularidades jurídicas y vulnera derechos fundamentales de la menor:

¿Qué irregularidades presenta la multa?

1. Terreno baldío no es vía pública

Urquizo subrayó que las leyes de tránsito solo aplican en vías públicas o equiparadas. Un campo baldío utilizado para actividades recreativas no cumple con esa condición, salvo que exista declaratoria oficial, incorporación al dominio público o señalización. "Sin vía pública, no hay infracción de tránsito", enfatizó, señalando que cualquier boleta levantada carece de base legal.

2. Menor de edad no puede ser sancionada

El abogado recalcó que una niña no puede ser sujeto directo de sanciones administrativas de tránsito, pues carece de capacidad jurídica sancionable. En caso de responsabilidad, esta recaería en padres o tutores, nunca en la menor. "Levantar una boleta a una niña es un acto ilegal y revictimizante", sostuvo, citando el interés superior de la niñez y tratados internacionales.

3. Vehículo recreativo no es motocicleta de circulación

El objeto retirado, explicó, corresponde a un vehículo recreativo de baja cilindrada usado para juego, no a una motocicleta destinada al tránsito vial. Pretender sancionar bajo analogía es jurídicamente prohibido.

4. Ausencia de riesgo social o vial

Urquizo destacó que no existía tránsito vehicular, peatones ni daño a terceros. La intervención policial, dijo, no puede justificarse bajo un argumento genérico de seguridad.

5. Abuso de autoridad

La retención del vehículo y la imposición de la multa constituyen, según el abogado, una desviación de poder y abuso de autoridad, lo que abre la posibilidad de nulidad de la boleta y responsabilidad administrativa de los agentes.

6. Violación al principio de mínima intervención

"El Estado no debe irrumpir con fuerza coercitiva en juegos infantiles", advirtió, señalando que este tipo de actos envían un mensaje institucional peligroso: "La policía no cuida, castiga".

Para Urquizo Guerrero, la boleta levantada contra la menor es ilegal, inconstitucional y nula de pleno derecho, además de éticamente reprobable. "No es un error administrativo: es un acto arbitrario del poder público ejercido contra una niña", concluyó.

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