Tribunal Electoral Valida Triunfo de Feliciano "Chano" Díaz como Alcalde de Sabinas

el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila validó el triunfo de Feliciano "Chano" Díaz como alcalde del municipio de Sabinas

Por: Elizabeth Monroy

SABINAS, COAH.- En una decisión unánime, el Tribunal Electoral del Estado de Coahuila, compuesto por Magistrados integrantes del pleno, del Tribunal Electoral de Coahuila, estuvieron Magistrado Presidente, Sergio Díaz Rendón; Magistrado por ministerio de Ley, Alejandro Santos Contreras; Magistrada Karla Verónica Félix Neira, validó el triunfo de Feliciano "Chano" Díaz como alcalde del municipio de Sabinas, poniendo fin a un controvertido proceso electoral lleno de impugnaciones por parte de varios partidos políticos.

El tribunal resolvió los expedientes promovidos por el partido UDC, Movimiento Ciudadano y Partido del Trabajo, quienes impugnaron el acuerdo del comité municipal electoral de Sabinas que aprobó el cómputo de la elección y declaró la validez de la misma. Estos partidos argumentaron diversos supuestos de nulidad en la votación recibida en casillas y en la elección en general, alegando irregularidades como la indebida integración de las mesas directivas de casilla, presión sobre el electorado, compra de votos, uso de símbolos religiosos y programas sociales, y vulneración de la cadena de custodia de los votos.

Sin embargo, el tribunal determinó que no se acreditaron dichas causales debido a la falta de pruebas convincentes y detalladas. En relación con los supuestos de nulidad de la votación recibida en casillas, se consideró que la parte actora omitió precisar los hechos en forma pormenorizada en su escrito de demanda y no adjuntó los medios de convicción idóneos y pertinentes. Además, se destacó que los juicios electorales en los que se invoca la nulidad de votación recibida en casillas o la nulidad de una elección son de estricto derecho y requieren pruebas claras y específicas.

Respecto a las acusaciones de uso de símbolos religiosos y programas sociales, el tribunal concluyó que las declaraciones del candidato estaban amparadas por el derecho a la libertad de expresión y no constituían infracciones. Se señaló que no se implementó una campaña sistemática para influenciar en el electorado mediante la proyección de cierta religión. En cuanto a la violencia política en razón de género, se determinó que las críticas de Feliciano Díaz durante la campaña no constituían un ataque reiterado, sistemático, planificado u orquestado contra su contrincante Zulma Guerrero por ser mujer.

La acusación de compra de votos también fue desestimada debido a la falta de pruebas concretas y detalladas. Los promoventes no presentaron los medios de convicción necesarios ni justificaron la imposibilidad de haberlos obtenido oportunamente. Por último, en relación con la supuesta vulneración de la cadena de custodia de los votos, el tribunal consideró que el video presentado como prueba no aportaba indicios suficientes para presumir dicha vulneración.

En consecuencia, el tribunal confirmó el acuerdo del comité municipal electoral de Sabinas que aprobó el cómputo de la elección, declaró la validez de la misma y entregó las constancias de mayoría a Feliciano Díaz. Esta decisión reafirma la elección de Díaz y concluye un proceso de revisión que ratifica su legitimidad como alcalde de Sabinas.

La sesión ordinaria pública del tribunal electoral se dio por concluida con esta resolución, poniendo fin a un proceso electoral disputado y asegurando la continuidad del liderazgo en el municipio de Sabinas bajo la administración de Feliciano "Chano" Díaz.

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