Mery Ayup aclara que violencia vicaria solo se aplica a mujeres en Coahuila

La resolución del Tribunal incluye un exhorto al Congreso del Estado para reformar el artículo correspondiente y evitar interpretaciones contradictorias en el futuro.

Por: Hilda Sevilla

SALTILLO, COAH.- Luego de que el Pleno del Tribunal Constitucional de Coahuila resolvió que el delito de violencia vicaria debe interpretarse y aplicarse únicamente en favor de las mujeres, al reconocer que su origen responde a un contexto histórico de desigualdad y violencia estructural de género, el Presidente del Poder Judicial, Miguel Felipe Mery Ayup señaló que el proceso puede seguir su curso, pero bajo la configuración de otros delitos y no por el de violencia vicaria.

Lo anterior en relación a lo que había sido considerado como el primer caso en el Estado donde una mujer fue vinculada por el delito de violencia vicaria. "El Poder Judicial en Coahuila reconoce que la violencia vicaria debe ser utilizada solamente en favor de las mujeres", señaló Mery Ayup, además de que este caso generó polémica nacional, en donde incluso intervinieron representantes nacionales del Partido Morena.

¿Qué determinó el Tribunal Constitucional de Coahuila?

La decisión se dio luego de que un juez consultara al Pleno sobre la pertinencia de continuar utilizando este tipo penal dentro de una causa específica. Tras el análisis, el órgano colegiado determinó que el proceso puede seguir su curso, pero bajo la configuración de otros delitos y no por el de violencia vicaria.

Durante la discusión, se reconoció que la violencia vicaria surge como una figura jurídica impulsada por mujeres ante escenarios en los que hijos e hijas eran utilizados como instrumentos para causar daño psicológico a la madre. El Presidente Magistrado añadió que, si bien la ley vigente no establecía una limitación explícita por género, el elemento histórico y la razón de creación del tipo penal justifican su aplicación exclusiva como una acción afirmativa en favor de las mujeres.

¿Qué implica la resolución del Tribunal para el caso en cuestión?

De igual manera, aclaró que esto no significa que no exista violencia contra los hombres, sino que en esos casos deben configurarse otros delitos contemplados en el Código Penal, como violencia familiar, violencia física, psicológica u otros que encuadren jurídicamente según los hechos. Como parte de la resolución, el Tribunal emitió un exhorto al Congreso del Estado para que reforme el artículo correspondiente y establezca con claridad que el delito de violencia vicaria debe ser aplicado únicamente cuando la víctima sea mujer.

Con ello, reiteró, se busca evitar interpretaciones contradictorias y dar certeza jurídica en futuros procesos. Respecto a la causa que originó el debate, el Presidente del Poder Judicial en el estado dejó en libertad de jurisdicción a las partes para que la Fiscalía pueda solicitar la reclasificación del delito. En este caso, la persona imputada también fue vinculada por violencia física y psicológica, por lo que el proceso podría continuar bajo esas figuras legales.

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