Así lo dio a conocer la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, a través de sus redes sociales, destacando que dicho anuncio causó revuelo en el país
Por: Staff / La Voz
Si tu pareja te promete matrimonio y no cumple, ya puedes demandarla y solicitar una indemnización por “daños o perjuicios”, así lo informó la Corte Superior de Justicia de Lima Norte (CSJLN), de Perú.
Cabe resaltar que dicho anuncio causó polémica en el país, ya que fue la misma CSJLN quien reveló dicha información en sus redes sociales.
“Si tu pareja te propuso matrimonio y luego desistió, causando daños o perjuicios; estará obligado a indemnizarte. La demanda debe interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa”, se lee en la publicación.
Además, la institución sostiene que se basa en el artículo 240 del Código Civil de la nación.
En el documento se explica que “si la promesa de matrimonio se formaliza indubitablemente entre personas legalmente aptas para casarse y se deja de cumplir por culpa exclusiva de uno de los promitentes, ocasionando con ello daños y perjuicios al otro o a terceros, aquel estará obligado a indemnizarlos”.
En un siguiente comentario, las autoridades recalcaron en que es una “acción debe de interponerse dentro del plazo de un año a partir de la ruptura de la promesa”.
“Dentro del mismo plazo, cada uno de los prometidos puede revocar las donaciones que haya hecho en favor del otro por razón del matrimonio proyectado”, detalla.
Finalmente, dicha publicación se viralizó en las redes sociales, donde usuarios agradecieron que se diera a conocer esta información, y otros etiquetaron a sus parejas, para que estas estuvieran al tanto de las consecuencias en caso de no cumplir con el compromiso.