El comercio de estos productores continuará de manera ilegal en toda la república mexicana
Por: Staff / La Voz
Con 448 votos a favor y 33 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó los cambios que el Senado le hizo a la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, para prohibir los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos.
Esta medida incluye todos los artefactos que utilicen tabaco calentado, así como los cartuchos de tabaco o tabaco reconstituido, utilizados en los sistemas alternativos de consumo de nicotina.
El dictamen fue enviado al Ejecutivo Federal para su publicación y establece que la prohibición se extiende a los dispositivos novedosos o emergentes, que usen tabaco calentado y a los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina y alternativos de consumo de nicotina similares.
Originada en San Lázaro, la iniciativa fue avalada en diciembre y establecía una excepción para los dispositivos de calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco.
Sin embargo, el Senado eliminó esa dispensa el 5 de abril cuando recibió opiniones de la Secretaría de Salud y de la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC).
Las mismas refrendaron la relevancia de prohibir la importación, exportación, comercialización, venta, distribución, exhibición o producción de los productos de tabaco o nicotina novedosos y emergentes, así como de sus respectivos sucedáneos.