Beneficiarios de Pensión Bienestar deben cobrar en mayo 2026 para evitar cancelación

Es importante que los beneficiarios recojan su medio de pago para evitar la suspensión de su apoyo.

Por: Staff / La Voz

¿Qué Pasa Si No Cobras Pensión Bienestar en Mayo-Junio 2026? Causas de Cancelación Inmediata

Si eres beneficiario de la Pensión Bienestar y te preguntas qué pasa si no cobras tu apoyo económico en el bimestre de mayo-junio 2026, acá te explicamos las causas de cancelación inmediata en el Banco Bienestar, de acuerdo con las reglas de operación del programa social para adultos mayores, mujeres de 60 a 64 años, personas con discapacidad y madres trabajadoras.

¿Qué pasa si no cobras Pensión Bienestar en mayo 2026?

No existen consecuencias negativas si no retiras tu dinero de la tarjeta del Banco Bienestar durante el bimestre de mayo y junio 2026, sin embargo debes tomar en cuenta que después de dos bimestres de pago pueden suspender tu apoyo por alguno de los siguientes casos:

Inconsistencias en los datos de identificación de los beneficiarios. Cuando se identifica que los documentos de identidad de la persona son apócrifos, pertenecen a los datos de identidad de otra persona o no se corresponde la información entre sí.

Posible duplicidad. Cuando se haya identificado una duplicidad de registros en el padrón.

Inconsistencia en el medio de pago. Cuando se detecta alteración o falsificación de la tarjeta del Bienestar de la persona derechohabiente.

No localización. Cuando los servidores de la Secretaría de Bienestar realizan una visita domiciliaria hasta en dos ocasiones consecutivas y no sea localizada el derechohabiente o su persona auxiliar.

No presentarse a recoger su medio de pago. Cuando el derechohabiente o su persona auxiliar no recoja el medio de pago se podrá retener la pensión hasta el momento en que se presente por este.

De acuerdo con las reglas de operación de los programas sociales del Bienestar, si estos problemas o inconsistencias persisten por otros dos bimestres de pago más, se procederá con la baja definitiva de los beneficiarios, la cual puede ser reversible si se aclaran el caso por la que fue cancelada.

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