Este artículo era uno de los más polémicos dentro de la ley de telecomunicaciones
Por: Israel Castro
El estado mexicano ha confirmado que el artículo 109 de la Ley en Telecomunicaciones y Radiodifusión fue eliminada después de que medios de comunicación y organizaciones civiles acusaron que la misma le daba poder al estado para censurar información sin contramedidas.
Fue en la conferencia matutina del día de hoy, cuando José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital, informó que el polémico artículo fue retirado, aunque mostró su desdén ante las presiones.
"(Se eliminó) el artículo 109 que causó cierto malentendido, polémica [...] pero bueno, para que no haya ningún espacio de duda y como lo mencionó la presidenta, aquí no hay censura", informó José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital, durante la conferencia de prensa mañanera.
"Es una ley que va en el sentido contrario, pero para que no haya espacio de duda o malentendido se elimina", señaló.
El artículo 109 de la Ley en Telecomunicaciones proponía entregar poder a la Agencia de Transformación Digital, bajo el mando de la presidenta de la república, para poder suspender medios que sean acusados de difundir "propaganda" extranjera.
Esta le permitiría a la agencia terminar sin previo aviso o advertencia, transmisiones de radio o televisión, así como limitar redes sociales, si se creía que se emite "propaganda" extranjera.
El término propaganda podría ser designado a información contraria a la brindada al estado mexicano o promovieran una idea contraria.