Ilegal penalizar posesión de mariguana por más de 5 gramos; SCJN

La primera sala de la Corte reprobó parte de la Ley de Salud, que fijaba hasta tres años de cárcel por exceder dicha cantidad; se revisará caso por caso al no haber jurisprudencia

Por: Staff / La Voz

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación llegó a la conclusión que es ilegal la penalización por la posesión de más de 5 gramos de marihuana si se demuestra que es para uso personal.

Gracias a los trabajos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fiscales y jueces de la nación ahora pueden aclarar si la posición de cannabis es de uso personal, por ende, el portador de la yerba no podrá ser acusado penalmente por la posesión simple.

 El proyecto fue elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá y apoyado con los votos de los ministros Alfredo Gutiérrez y Margarita Ríos Farjat; mientras que sus colegas Norma Piña Hernández y Jorge Mario Pardo Rebolledo lo hicieron en contra, al considerar que el quejoso no impugnó la porción del artículo en discusión. 

“El Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior (posesión simple), en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, para su estricto consumo personal”, se estableció en la resolución aprobada en la Primera Sala

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