Si tu empresa no respeta el pago correspondiente, puedes acudir a la Profedet para recibir asesoría legal gratuita.
Por: Staff / La Voz
Con el cierre de 2025 a la vuelta de la esquina, muchos trabajadores en México ya comienzan a planificar su calendario para el próximo año. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el primer día de descanso obligatorio de 2026 será el jueves 1 de enero. Este feriado oficial aplica para todos los empleados del país, permitiendo un respiro tras las celebraciones de Año Nuevo.
Aunque es un día de asueto general, existen sectores que por su naturaleza operativa requieren que parte de su personal labore. En estos casos, la ley es muy clara respecto a la compensación económica que deben recibir.
¿Cómo se paga si trabajas el 1 de enero?Si tu empresa te solicita presentarte a laborar este primer día del año, el artículo 73 de la LFT establece que tienes derecho a un pago extra significativo:
Pago Triple: Los trabajadores que laboren en un día de descanso obligatorio tienen derecho a que se les pague su salario diario normal más un salario doble por el servicio prestado.
Ejemplo práctico: Si un empleado gana $278 pesos al día, al trabajar el 1 de enero deberá percibir un total de $834 pesos por esa jornada.
Derecho irrenunciable: Este monto debe verse reflejado en el siguiente periodo de nómina y no puede ser sustituido por días de descanso proporcionales, a menos que haya un acuerdo mutuo, aunque el pago extra sigue siendo obligatorio.
¿Qué hacer si no respetan tu pago?En caso de que el patrón o la empresa se nieguen a cubrir el pago correspondiente al salario doble adicional, el trabajador puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Esta instancia ofrece asesoría gratuita y legal para garantizar que se respeten los derechos laborales establecidos en la constitución.
Próximos descansos obligatorios en 2026Para quienes ya están planeando sus vacaciones o puentes, estos son los días feriados oficiales que restarán tras el 1 de enero en 2026:
Lunes 2 de febrero: Aniversario de la Constitución (5 de febrero).
Lunes 16 de marzo: Natalicio de Benito Juárez (21 de marzo).
Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo.
Miércoles 16 de septiembre: Día de la Independencia.
Lunes 16 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
Viernes 25 de diciembre: Navidad.