Conoce quiénes pueden solicitar la condonación de deuda con Infonavit y los pasos a seguir.
Por: Staff / La Voz
¿Quiénes pueden condonar su deuda con Infonavit? Conoce los requisitos y el proceso de trámite
Ciudad de México, 19 de septiembre de 2025 — La deuda generada por créditos otorgados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para la compra, construcción o remodelación de viviendas puede parecer una carga insuperable para muchos acreditados. Sin embargo, existen casos específicos en los que es posible solicitar la condonación total o parcial de la deuda, o acceder a prórrogas que alivianen el pago.
¿Quiénes pueden solicitar la condonación o prórroga de la deuda?
De acuerdo con la información oficial disponible en la página web de Infonavit, la institución cuenta con seguros asociados a los créditos que protegen a los trabajadores y sus familias en situaciones de incapacidad o fallecimiento del titular. Estos seguros permiten la condonación total o parcial de la deuda, o la suspensión temporal de pagos. Los casos son:
Seguro por invalidez o incapacidad total permanente:
Cuando el acreditado presenta una incapacidad total permanente o invalidez definitiva certificada por el IMSS, ISSSTE o Profedet, puede solicitar la liquidación total de la deuda y la cancelación de la hipoteca.
Seguro por incapacidad parcial permanente:
En caso de presentar una incapacidad parcial permanente del 50 % o más, el Infonavit ofrece una prórroga de hasta dos años sin necesidad de realizar pagos ni generar intereses.
Seguro por defunción:
Si el titular fallece, el seguro permite la liquidación del adeudo, sin importar si el crédito está al corriente o no.
Requisitos para solicitar la condonación o prórroga
Para cada caso, Infonavit especifica una serie de documentos y pasos a seguir para iniciar el trámite:
Invalidez o incapacidad total permanente:
Dictamen de incapacidad total permanente emitido por IMSS, ISSSTE o Profedet.
Identificación oficial vigente con fotografía.
Acudir a un Centro de Servicio Infonavit (Cesi) o llamar al Infonatel al 800 008 3900 para iniciar trámite.
La respuesta se entrega en un plazo máximo de 90 días hábiles.
Incapacidad parcial permanente:
Dictamen que certifique una incapacidad parcial del 50 % o más.
Identificación oficial vigente con fotografía.
Iniciar trámite vía Infonatel o en Cesi para solicitar la prórroga promocional por hasta dos años sin pagos ni intereses.
Respuesta en 90 días hábiles. Al terminar la prórroga, si no se recupera la relación laboral, se puede solicitar la liberación del crédito.
Fallecimiento del titular:
Llamar a Infonatel para obtener un número de caso.
Entregar documentos como acta de defunción, identificación oficial del solicitante, NSS del acreditado, y demás papeles según corresponda (actas apostilladas si el fallecimiento ocurrió en el extranjero).
Subir documentos en un plazo máximo de cinco días hábiles a la plataforma digital del Infonavit.
Solicitar una cita en un Cesi para formalizar el trámite.
Presentarse con documentos originales y copias, junto con el número de caso y una cuenta de correo para seguimiento.
¿Qué debes tener en cuenta?
Es importante señalar que estos beneficios están dirigidos a personas en circunstancias especiales y que cumplan con los requisitos documentales y legales establecidos. Infonavit recuerda que la condonación o prórroga no es automática, y que el seguimiento puntual del trámite es indispensable para su aprobación.
Además, quienes no cumplan con los requisitos para condonación pueden solicitar otras opciones de apoyo o reestructuración crediticia.
Si tú o un familiar se encuentran en alguna de estas situaciones, te recomendamos acercarte a Infonavit, llamar a Infonatel o acudir a un Centro de Servicio para recibir asesoría personalizada y conocer todas las opciones disponibles para aliviar tu carga financiera.