LA LEY DEL REGISTRO CIVIL

Por: Mundo Villa

LA LEY DEL REGISTRO CIVIL, promulgada por Benito Juárez, tuvo efectos hasta el 27 de enero de 1857, cuando el presidente Ignacio Comonfort, decreto la ley orgánica del registro civil.

ESTA LEY, comprendía los nacimientos, la adopción, y la arrogación de las personas, los matrimonios, los votos religiosos y los fallecimientos, estableciendo las bases para la expedición de las actas correspondientes.

EN NINGUNA PARTE DE LAS ACTAS, establece que estos documentos tengan vigencia, por ello, en los juzgados es en la única dependencia donde son recibidos en cualquier juicio, sin exigir una reciente.

LA CIUDADANIA, debe saber, que no necesita presentar actas recientes en ninguna oficina pública, exigir este documento reciente, solo es una agresión a la economía familiar, el cambio de color y el haberle agregado un código QR, solo es un afán recaudatorio del gobierno.

Hasta la próxima.

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