Factible demandar contagio intencional por no vacunarse….

Por: Mariela Pulgarín

Abogando reparación de daños morales o lucro cesante, se puede demandar por derecho civil a la persona que no se vacunó contra el COVID-19 y contagió a terceros, expuso el abogado experto en derecho laboral, Isidro Vargas Campos.

El litigante, ex presidente de la Junta Local, dijo que la personas que no se vacuna y expone a los demás la tiene de perder ante ley, pues puede ser demandado por lo civil y también despedido de su trabajo si se prioriza la seguridad colectiva.

“Hoy la legislación ha estado cambiando, por ejemplo, le puedo decir a mi compañero: si tú me contagias yo te voy a demandar por una reparación de daño, por todo el tiempo que voy a dejar de trabajar y reparación de daño moral porque también puedo contagiar a mi familia”, explicó.

Considerando que hay personas que trabajan en una empresa que no toma medidas para que el compañero se proteja con la vacunación, quizás no puedan hacer mucho, pero si cuenta con un segundo trabajo (actividad individual) y sale contagiado, puede meter demanda civil.

“Yo te voy a demandar por “el lucro cesante”, o sea lo que yo dejo de ganar porque tú me contagiaste, claro esa demanda se iría por la vía civil, y  son demandas que se pueden aplicar en México “, sostuvo.

Indicó que si bien, se trata más de hacer conciencia en la persona que no se vacuna, sí hay sentencia de amparo por que impera primero la vida.

Sí SE PUEDE RESCINDIR EL CONTRATO LABORAL

Incluso el patrón puede actuar bajo el artículo 47 de la Ley federal del Trabajo para rescindir el contrato sin responsabilidad para este por causa de que el trabajador no quisiera vacunarse.

“Se puede decir que no se especifica con claridad, en  XV señala: por todas las análogas a las anteriores, y de esta manera aplica”, enfatizó Vargas Campas.

Sin embargo, aunque sea la causal para rescindir el contrato del trabajador, se requiere acreditar que puede generar este tipo de riesgo y sus consecuencias.

Si hay una enfermedad endémica y no te aplicas la vacuna, pones en riesgo a la empresa, sobre todo si están elaborando productos alimenticios, restaurantes o producen bebidas envasada o enlatadas, entre otros giros, agregó.

El trabajador tiene derecho a demandar, pero tendría que probar que no pondría en riesgo a toda la comunidad o trabajadores, señaló el abogado.

Es importante determinar qué es lo primero, el derecho individual o colectivo, que en este caso va en preferencia el colectivo sin sobrepasar los demás derechos, concluyó.

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