La falta de la constancia fiscal no es motivo para que el empleador detenga el pago de nómina
Por: Paola Ruiz
PIEDRAS NEGRAS, COAH. – Desde hace unos días se evidenciaron largas filas en las oficinas del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por la urgencia de conseguir la cédula fiscal, derivado del miedo de empleados a que se les retuviera el pago de quincena.
El administrador de servicios al contribuyente, Gustavo Moreno, aclaró que si alguna empresa o patrón asustó a sus empleados con no pagarle su sueldo, estaría infringiendo con las obligaciones laborales y por ese motivo la dependencia correspondiente podría señalárselo, de modo que si algún trabajador no cuenta con su cédula fiscal todavía, no es motivo para restringirle su pago.
Explicó que existen dos tipos de obligaciones, las fiscales y las laborales, las cuales son muy diferentes, haciendo la diferencia que las obligaciones fiscales son las que tiene que cumplir el empleador de timbrar la nómina y capturar los datos de los trabajadores.
En este aspecto, declaró que para ayudar a quienes aún no cuentan con su constancia fiscal y agilizar el proceso para que todos lo obtengan, se habilitará un horario todos los sábados del mes de junio de 9 de la mañana a 4 de la tarde, únicamente para la realización de este documento de la cédula fiscal.