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Coahuila

Caso de Chelita es sólido

Por Mónica Meza - 29 enero, 2020 - 00:58 a.m.
Caso de Chelita es sólidoEs una manera de expresarse, pero no se judicializa si no hay pruebas suficientes.

Luego de que se manifestaran amigos y familiares de Uriel N uno de los detenidos por presuntamente haber participado en el asesinato de “Chelita”, el delegado Rodrigo Chaires Zamora señaló que el Ministerio Público es una autoridad de buena fe, actúa en base a datos proporcionados con testigos que se cruzan con datos técnicos.

“Hay que recordar que está en un sistema acusatorio procesal penal, donde la fabricación de pruebas es imposible, es un sistema público, abierto, de debate y cualquier situación es fácil de combatir y debatir.

Señaló que a veces la gente tiene esta mala idea, pero en muchas ocasiones es falta de información, pues basta con asistir a una audiencia, en temas privados hay asesor de víctimas, hay personas que representan derechos de imputados y víctimas.

Señaló que hay un caso solido con pruebas, al menos es lo que comparte la Fiscalía Especializada que es quien integra la carpeta, aunque es un trabajo unificado, se ha tenido participación pero la totalidad de la investigación es la Fiscalía Especializada.

Dijo que no se presenta a algunas personas señaladas si no hay datos concretos iniciales para determinar que el hecho sucedió y que alguna persona tiene participación.

Hay un periodo de prueba en el que la persona puede adoptar las pruebas para su defensa si el Ministerio Público considera que son datos que desvanece la responsabilidad se deben tomar en cuenta.

La fiscalía tiene temas particulares, cuando existe una persona señalada como probable responsable de algún ilícito y no tiene capacidades suficientes para responder por su responsabilidad penal hay otros métodos que nos lo marca los códigos procesales, determinaciones que toma el Ministerio Público que tiene a su cargo la investigación.

Medidas de protección o tratamiento a personas inimputables, que no tienen capacidad de comprender el resultado de sus actividades, un menor de edad o de capacidad limitada, no hay una responsabilidad penal pero si una consecuencia de sus actos.

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