“Esto es, a efecto de que se ordene el desbloqueo de las cuentas bancarias de la parte quejosa, a fin de que ésta pueda realizar operaciones financieras y disponer de sus recursos o en su defecto manifestar la imposibilidad que tenga para ello”, indicó Regis López.
En el acuerdo, el juez informó que se agregó un oficio firmado por el director General de la UIF, en representación del Titular y director General de Procesos Legales, así como de otros directores, a través del cual se realizan diversas manifestaciones en relación con el cumplimiento dado a la suspensión definitiva.
Gabriel Regis subrayó que por el momento, se reserva a realizar un pronunciamiento hasta en tanto fenezca el plazo otorgado desde el pasado 25 de noviembre.
Mientras tanto, en otro oficio suscrito por el director Contencioso y la subdirectora Contenciosa ambos adscritos a la Dirección General Adjunta Jurídica de Procedimientos “C” de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, solicitaron copia certificada de la resolución del Tribunal Colegiado.