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Coahuila

Festivos 2023 ¿Qué días no se trabajará?

De acuerdo a lo que marca la ley, el siguiente festivo será el 5 de febrero Día de la Constitución Mexicana y disfrutaremos del primer puente

Por Roberto Ulíbarri - 04 enero, 2023 - 03:48 p.m.
Festivos 2023 ¿Qué días no se trabajará?2023 tendrá siete días festivos.

MONCLOVA, COAHUILA. - Apenas han transcurrido los primeros días del 2023 y tú ya te encuentras cansado y decepcionado por no gozar de días festivos navideños, ni de año nuevo, ya que tanto el 25 de diciembre, como el 1 de enero cayeron en domingo.

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La buena noticia, es que el año tendrá siete días festivos, la mala es que el primero fue el 1 de enero y cayó en domingo, sin embargo, aún quedan seis y unos será en febrero.  

Calendario oficial de festivos 2023 en México

De acuerdo a lo que marca la ley, el siguiente festivo será el 5 de febrero Día de la Constitución Mexicana, y aunque cae en domingo, los mexicanos disfrutaremos del primer fin de semana largo, cuando nos otorguen el lunes 6 de febrero.

El tercer festivo que por ley no se trabaja, es el 21 de marzo, cuando se celebra el natalicio de Benito Juárez, día que cae en martes, por lo que los empleados disfrutaremos del segundo puente del 2023, cuando nos den el lunes 20 de marzo.

El primero de mayo, Día del Trabajo, es lunes, por lo que los trabajadores disfrutaremos de un fin de semana largo, el tercero del 2023.

El siguiente día festivo laboral será 16 de septiembre por el aniversario del inicio de la Independencia de México, lamentablemente cae en sábado.

El cuarto puente del 2022 será el 20 de noviembre, ya que este día cae en lunes, lo mismo que el último estivo que será el 25 de diciembre por la Navidad, que también caerá en lunes.

De esta manera, en los meses de febrero, marzo, mayo, noviembre y diciembre del próximo año habrá un puente para los trabajadores. Septiembre quedará fuera de la fórmula, ya que el día 16 caerá sábado.

“Los días feriados o festivos tienen por objeto que los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas”, indica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

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