Tres elementos de la policía municipal de Frontera así como el médico legista de la corporación fueron vinculados a proceso por el delito de homicidio culposo cometido por omisión y retención punible durante la investigación y persecución de delitos en perjuicio de Antonio “D”, al considerar el Juez de la causa elementos suficientes para abrir una investigación y en un juicio determine si existe o no culpabilidad.
El pasado martes llegaron al Juez los servidores públicos bajo la causa penal 622/2019, se llevó la audiencia inicial por parte del Juez Miguel Ángel Castillo Sarabia, el Ministerio Público imputó el delito, pero la defensa solicitó la duplicidad de término para que se resolviera la situación legal de los policías y el médico.
Sin embargo, al retomarse la continuidad de la audiencia inicial y con un nuevo Juez a cargo, Alberto Jacobo Camacho Cepeda, decretó la nulidad del proceso y reposición de los actos procesales hasta el momento de la imputación, por lo que el Ministerio Público tuvo que imputar nuevamente.
En la causa penal 622/2019, el Ministerio Público realizó la imputación del delito de homicidio culposo a los policías Juan Daniel, Diego Misael y Edgar Obed, así como al médico José Salvador.
Se dio a conocer por parte de la representación social que el pasado 7 de octubre del 2018 a las 8:35 de la mañana los elementos se encontraban en servicio y tomaron conocimiento de un accidente automovilístico en el cruce de las calles Libertad con Chihuahua en Frontera Coahuila.
Aseguró que sin tomar en consideración el estado de salud de Antonio “D” y sin prestar atención médica oportuna, lo llevaron a las celdas de la corporación policiaca, ahí permaneció 4 horas con 15 minutos para posteriormente ser enviado al Ministerio Público y puesto a disposición a la 1 de la tarde con 15 minutos, a las 2 de la tarde con 10 minutos falleció por shock hipovolémico debido a hemoperitoneo por laceración de hígado por traumatismo toraco-abdominal severo.
Acusó que el médico legista acudió a las celdas de Seguridad Pública cerca de las 10 de la mañana y solo señaló en la inspección clínica que el detenido se encontraba con un tercer grado de ebriedad, por ello se le señaló de omiso en el estado de salud y un diagnóstico adecuado y eso fue lo que origino que perdiera la vida.
Tras la imputación del delito, el medico accedió a declarar sobre los hechos que se le imputaron, no así los elementos de la corporación policiaca que también fueron señalados por la representación social.
El Juez de la causa consideró elementos suficientes para vincular a proceso a los imputados, porque dijo no se adoptaron las medidas para procurar la atención medica ni diagnosticar de manera adecuada a la víctima y que no se adoptaran estas medidas fue determinante para no evitar o al menos disminuir los riesgos.
Respecto a la retención punible durante la investigación y persecución de delitos, dijo que también se acreditó dado que pasaron más de 4 horas para que la policía municipal pusiera a disposición del Ministerio Público a Antonio “D”.
Tras la vinculación a proceso de los imputados, el Ministerio Público pidió como medida cautelar la suspensión temporal del ejercicio del cargo a los 4 servidores públicos, asegurando que podían entorpecer las investigaciones, medida que fue debatida por la defensa y calificada como excesiva y que trasgredía el derecho al trabajo.
La medida fue modificada por el Juez, que señaló deberán acudir cada 30 días a firmar ante la autoridad mientras dure el proceso, además se estableció un plazo de 6 meses para el cierre de investigación complementaria antes de llegue a la etapa de Juicio Oral.