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¡Aguas!; Es ilegal burlarse de personas con alguna discapacidad en redes

Aunque en redes sociales parezca común, sí hay consecuencias legales y principios éticos importantes

Por Staff/LaVoz - 06 junio, 2025 - 10:39 a.m.
¡Aguas!; Es ilegal burlarse de personas con alguna discapacidad en redes

Según el Código Penal Federal, las burlas, humillaciones o ataques públicos hacia personas con discapacidad (incluyendo enfermedades mentales) pueden ser consideradas discriminación según el Artículo 149. "...a quien por motivos de discapacidad real o percibida menoscabe derechos o dignidad de una persona, se le impondrán de uno a tres años de prisión..."

Recordar también la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad

Esta ley protege explícitamente el derecho de las personas con discapacidades (incluidas mentales) a: Ser tratadas con dignidad, respeto e igualdad. No ser objeto de discriminación ni exclusión social, incluyendo burlas públicas o en redes sociales. 

También tenemos la Ley Olimpia (contra violencia digital)

Si la burla implica acoso, difamación o humillación en línea, puede tipificarse como violencia digital. Castiga conductas que afecten la dignidad o integridad de una persona por medios electrónicos.

¿Y si "solo fue una broma"?

Decir "es solo humor" no exime de responsabilidad cuando:

La burla es sistemática o masiva. Causa daño psicológico, emocional o reputacional. Se dirige a alguien en situación de vulnerabilidad. 

 ¿Qué puede pasar legalmente?

Denuncias por discriminación (penal). Demandas por daño moral (civil). Sanciones en redes por infringir políticas de respeto y acoso. 

Conclusión:

Burlarse de personas con enfermedades mentales no es solo inmoral: también puede ser ilegal.

Las leyes mexicanas protegen su dignidad, y los creadores de contenido o usuarios que las ridiculizan pueden enfrentar consecuencias.

La libertad de expresión no justifica la humillación de personas vulnerables

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