Contactanos

Coahuila

Es legal abortar en casos de violacion

Gerardo Martínez
Por Gerardo Martínez - 16 agosto, 2017 - 04:22 a.m.

Ya no se requiere iniciar un proceso legal, pero están supeditadas a los valores y ética del médico

Desde marzo del 2016 entró en vigor la modificación de la Norma Oficial Mexicana 046, la cual permite que las mujeres que han sido víctimas de una violación soliciten un aborto en caso de quedar embarazada tras la violación, pero hasta la fecha ninguna mujer ha solicitado que se practique dicho procedimiento en la región Centro.

La violación es un delito que tiene una alta incidencia en la región, en donde las víctimas principalmente son menores de edad, que ante una situación de desventaja son agredidas sexualmente ya sea por familiares o personas cercanas.

Además de la agresión física a la que se enfrentan, los menores presentan daño emocional, sicológico y a la posibilidad de adquirir alguna enfermedad de transmisión sexual o bien un embarazo no deseado.

Es por eso que debido a esta situación y para proteger a las víctimas de una violación, desde el 2016 se modificó la NOM 046, que permite a mujeres que tienen un embarazo, producto de una violación, solicitar a las instituciones médicas un aborto, sin que existan acciones legales en su contra.

Anteriormente las mujeres tenían que presentar una denuncia ante el Ministerio Público y un juez autorizaba el procedimiento, pero con la modificación que entró en vigor en marzo del 2016, únicamente se requiere que la persona manifieste que el embarazo es producto de una violación, y las autoridades tienen que llevar a cabo el procedimiento sin que se lleve a cabo la investigación.

De acuerdo a la representante de la Secretaría de Salud en la región Centro, a casi un año y medio de que entró en vigor esta modificación, no se tienen caso de mujeres, víctimas de una violación que acudan a solicitar este procedimiento.

Mencionó que en lo que va del 2017 se han atendido 17 casos por violación en el Hospital General “Amparo Pape de Benavides”, de pacientes entre 7 y 18 años de edad, a quienes se les realiza un tratamiento profiláctico, con la finalidad de prevenir el contagio de alguna enfermedad tras el contacto sexual, o bien, un embarazo, por lo que se le suministra a las pacientes antibióticos, antivirales, así como la pastilla de emergencia con el objetivo de evitar que la paciente resulte embarazada.

Además de la atención médica se ofrece a las víctimas de violencia o violación, asesoría legal y un tratamiento sicológico de acuerdo al protocolo que se tiene establecido, con el fin de apoyarlas en todos los aspectos.

Señaló que hay casos de pacientes que fueron violadas y que resultaron embarazadas ante esta agresión sexual, pero que se dan cuenta del embarazo después de 12 semanas, por lo que es muy tarde para realizar algún aborto.

MODIFICACION A LA NORMA 046

De acuerdo a la modificación que se realizó a la Norma Oficial Mexicana 046, las instituciones médicas públicas están obligadas a practicar un aborto a mujeres que señalen que su embarazo es producto de una violación.

Si la atención médica se da de manera inmediata tras la agresión sexual, se otorga la pastilla de emergencia para evitar que se concrete el embarazo.

El aborto se puede realizar en el transcurso de las primeras 12 semanas de gestación, una vez que pasa este tiempo, ya no se puede realizar el procedimiento.

Para realizar este procedimiento se tienen que revisar la condición de salud del paciente, edad, tiempo de embarazo, y se tiene que realizar un diagnóstico médico de acuerdo a su estado de salud, para garantizar que no corre peligro la madre.

MUJERES PODRÍAN HACER MAL USO DE ESTA PRÁCTICA

Debido a que las instituciones no están obligadas a confirmar si un embarazo es producto de una violación, esto se podría prestar a malas prácticas, mencionó la Jefa de la 04 Jurisdicción Sanitaria, ya que mujeres podrían mentir con el fin de interrumpir un embarazo, aún y que no hayan sido víctimas de una violación.

Esta modificación se presta a que las mujeres hagan mal uso de ella, ya que anteriormente se tenía que interponer una denuncia ante el Ministerio Público y el juez autorizaba o no que se realizara el procedimiento después de una investigación, pero ahora se tiene que confiar en la palabra de las personas que lo solicitan.

MÉDICOS SE OPONEN A REALIZAR ABORTOS

Integrantes del Colegio de Ginecólogos y Colegio de Médicos están en contra de practicar un aborto, a pesar de ser una disposición oficial, alegando su derecho a negarse bajo una Objeción de Conciencia, en donde su principal objetivo es preservar la vida.

Jorge Sepúlveda Marroquín mencionó que no se ha recurrido a esta práctica en Monclova y la región Centro, pero que como colegio tienen el derecho de negarse a hacer algo que está en contra de sus principios,

Señaló que en el caso de aborto por violación, se ha de castigar al violador, no al niño, en donde dijo que al realizar este procedimiento, la afectada no solo se enfrentará al trauma de la violación, sino que se le genera un nuevo trauma.

Al negarse los médicos a realizar un aborto, las instituciones médicas ya sea Secretaría de Salud o IMSS se ven obligadas a buscar quien realice el procedimiento.

PENAS PARA EL ABORTO

Artículo 358 del Código Penal de Coahuila, se aplicará de uno a tres años de prisión a la mujer que se procure aborto o a la persona que la asista.

Artículo 361 del Código Penal de Coahuila, no se sancionará el aborto cuando sea consecuencia de una violación y se practique dentro de los 90 días siguientes a la concepción, la mujer corra peligro de muerte, cuando el producto presente alteraciones genéticas o congénitas.

Artículo 361 del Código Penal de Coahuila, no se sancionará el aborto cuando sea consecuencia de una violación y se practique dentro de los 90 días siguientes a la concepción, la mujer corra peligro de muerte, cuando el producto presente alteraciones genéticas o congénitas.

USAN OTROS MÉTODOS PARA ABORTAR

De acuerdo al especialista, en la actualidad las mujeres, en especial las menores de edad toman pastillas como el Misoprostol para inducirse un aborto, medicamento que se ofrece sin necesidad de una receta médica.

El médico internista, Manuel de Jesús Murillo señaló que este medicamento es utilizado para gastroenterología, para atender enfermedades acido pépticas, reflujo, gastritis, úlceras pépticas, problemas gastrointestinales, pero que la población ha descubierto que el consumo de estas pastillas también tiene efectos abortivos.

Incluso en los hospitales y clínicas han atendido a pacientes que acuden con hemorragias, tras el consumo de este medicamento y al cuestionar si tomaron algo señalan que este medicamento con el fin de interrumpir el embarazo.

Estos casos se ven principalmente en jóvenes de 13 a 20 años de edad, pero con más frecuencia entre los 16 y 20 años, por lo que los médicos señalan que es necesario reforzar las acciones de prevención para llegar a más jóvenes y evitar que caigan en esta situación.

[gallery type="slideshow" size="large" ids="298814,298813,298817"]

EN LO QUE VA DEL 2017 SE HAN ATENDIDO 17 CASOS DE VIOLACIÓN

Rosa Nilda Arocha dijo que en lo que va del 2017 se han atendido 17 casos por violación en el Hospital General “Amparo Pape de Benavides”, de pacientes entre 7 y 18 años de edad, a quienes se les realiza un tratamiento profiláctico, con la finalidad de prevenir el contagio de alguna enfermedad tras el contacto sexual, o bien, un embarazo, por lo que se le suministra a las pacientes antibióticos, antivirales, así como la pastilla de emergencia con el objetivo de evitar que la paciente resulte embarazada.

      Artículos Relacionados