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Coahuila

Pueden policías usar la fuerza

Por Teddy Fuentes - 23 junio, 2021 - 10:00 p.m.
Pueden policías usar la fuerzaSi la persona que iba a ser infraccionada y este no se dejó y luego provocó a los oficiales, está dando la causal para ser detenido con más fuerza de lo normal sin que esto sea una falta.

CASTAÑOS., COAH.- El Abogado litigante Gerardo Acosta García dijo que los elementos de SP de los diversos municipios están capacitados para someter a un ciudadano, pero, hoy en día es la resistencia que pone el ciudadano la que provoca que se dé una causal al elemento policíaco para utilizar la fuerza necesaria para someterlos, lo cual no es ilegal e incluso está justificada la acción.

“Normalmente todos los elementos de las corporaciones llevan un curso y están siendo actualizados para conocer los alcances y hasta dónde puede llegar el utilizar la fuerza al momento de someter a los delincuentes o a quienes cometen alguna falta, aquí el problema es que en ocasiones el ciudadano normalmente opone resistencia y a hacerlo dan la causa para que se utilice más fuerza para detenerlo sin ser esta una falta”. Comentó que en los casos que se han suscitado en últimas fechas como fue el del trailero del municipio de Castaños que tuvo que ser sometido de manera recia debido a que no permitía que le retirarán la placa después de cometer una infracción, por lo que se tiene que determinar por medio de pruebas si esta como en muchas ocasiones justificado el uso excesivo de la fuerza.

Gerardo Acosta mencionó también que por la resistencia que se da y que quedó asentado en los videos, donde nunca accedió a que le quitaron la placa, se tiene una justificación para actuar como lo hicieron los elementos, por lo que no deben ser sancionados pues solo cumplieron e hicieron cumplir su labor.

“En todos los reglamentos de seguridad pública viene estipulada la falta por resistencia a particulares, si cae el ciudadano en ese supuesto se puede justificar la utilización de la fuerza e incluso se puede revertir una posible denuncia y girar en contra de él si no aporta los elementos probatorios para probar su decir, siendo obligación del Ministerio Público la que se encargue de determinar si existen elementos del tipo penal del ofendido”.

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