Por decisión del Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, se ha aprobado una jurisprudencia que elimina la prisión preventiva obligatoria en 18 estados de la República, incluyendo Coahuila y Nuevo León.
En virtud de esta resolución, los jueces que reciban amparos de personas acusadas por delitos con prisión preventiva de oficio deberán otorgar suspensiones provisionales para que puedan llevar a cabo sus procedimientos penales fuera de la cárcel.
Estos cambios se basan en las sentencias emitidas en noviembre de 2022 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez, donde se ordenó a México eliminar esta medida cautelar de su legislación y ajustarla a los estándares establecidos por dicho tribunal.
Durante la audiencia pública en el caso de García Rodríguez, se discutieron los efectos negativos de la estancia prolongada en prisión sin una sentencia. Estos efectos no solo afectaban al acusado, sino también a su familia.
Los jueces deberán analizar cada caso de manera específica, considerando el interés social y la apariencia del buen derecho, para otorgar una suspensión provisional contra la prisión preventiva.
En caso de otorgarse la suspensión, el juez de control responsable del proceso deberá fijar una nueva fecha de audiencia en un plazo máximo de 48 horas para revisar la medida cautelar y determinar si se impone la prisión preventiva.
Esta medida podrá aplicarse en forma de prisión domiciliaria, libertad provisional o imposición de brazalete electrónico.
La decisión afecta a la Ciudad de México, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Coahuila, San Luis Potosí, Sinaloa, Baja California, Guanajuato, Chihuahua, Tamaulipas, Querétaro, Zacatecas, Nayarit, Durango, Baja California Sur, Tlaxcala y Aguascalientes.