Con la resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se demuestra que el Sindicato Nacional Democrático cuenta con la titularidad del Contrato Colectivo, y con esto se disipa la posibilidad de que trabajadores tomen las instalaciones de las capillas o los recintos.
La decisión de la Suprema Corte resuelve la disputa contractual que se mantuvo durante años y que había generado incertidumbre y tensiones en el ámbito sindical.
Con esta resolución se demuestra de manera clara quién ostenta la titularidad del contrato colectivo, proporcionando un marco legal sólido para la estabilidad laboral del Sindicato Nacional Democrático.
Así mismo, se disuelve el riesgo que trabajadores afines al otro sindicato busquen tomar las instalaciones, como lo han manifestado en más de una ocasión, al demostrar quien es el titular del contrato.
Además se podría pedir que se entregue el recinto de la Sección 288, ya que era lo que se pedía por parte de las autoridades estatales para comprobar quienes son los titulares para entregar las instalaciones.
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Este dictamen es lo que requería el sindicato para pedir que se regresen las instalaciones de la Sección 288.
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