El pasado 24 de enero se publicó en el Diario Oficial de Coahuila la despenalización del homicidio el legítima defensa, Rodrigo Chaires Zamora; Delegado de la Fiscalía General del Estado explicó lo que esto significa y en qué casos se puede aplicar.
“Cualquier aportación legislativa es buena si va encaminada a la protección de la comunidad, algunas situaciones con relación a la legitima defensa ya existe en el código penal, pero circunstancias en legítima defensa no operan en automático”, comentó.
Explicó que es necesario no generar una falsa apreciación, pues deben valorarse las circunstancias en que se da la legitima defensa, porque de alguna forma puede excluir la comisión del delito, pero hay que ver siempre, no obstante que existan reformas y se vayan modificando, hay que ver circunstancias en que ocurre el hecho.
Recordó el caso donde el taxista iba a ser asaltado y se defendió, resultó lesionado el asaltante y hasta tuvo que pagar la atención médica, la legitima defensa va encaminada a disminuir o confrontar un riegos pero debe haber proporcionalidad.
Una cosa es la venganza y otra es disminuir o confrontar un caso, es precisamente lo que se debe valorar, en la región se han presentado algunos casos circunstanciales por que deben ser valorados de acuerdo a las circunstancias.
Estos cambios pueden generar beneficios a personas sentenciadas en casos que ya se presentaron, es posible que en beneficio de una persona pueda operar si las circunstancias se adaptan a algunas adecuaciones legislativas
Han existido casos donde las personas alegan legítima defensa, se han tomado en cuenta, sobre todo las que son cuando estuvo en peligro la vida de alguna persona, agresiones a las personas principalmente,
Señaló que un caso donde se pudo aplicar, fue en la localidad donde una persona que ingresó a un domicilio de una persona, hay una confrontación y hay una persona fallecida.