SABINAS, COAH.- Ricardo N de 77 años y acusado de la comisión del delito de privación de la libertad en agravio de Wendy N, joven con problemas mentales, podría llevar el proceso judicial en sus diversas etapas bajo prisión domiciliaria a razón de que la edad del mismo entra en uno de los supuestos que establece la ley del CNPP para condonar o suplir la prisión preventiva, esto con base a la legislación actual.
Con fundamento en lo que dispone el Código Nacional de Procedimientos Penales, establece el resguardo domiciliario como una excepción a la prisión preventiva en el caso de personas imputadas con más de 70 años de edad o bien que presenten alguna enfermedad crónico degenerativa.
En virtud de lo anterior, es que se puede sustituir la prisión por un internamiento en el hogar, vigilando elementos policiacos al individuo durante las 24 horas del día.
Sobre el particular, fue entrevistado el Fiscal Regional, Ulises Ramírez Guillén destacando que al judicializar la causa penal por privación de la libertad en perjuicio de la mujer del Municipio de Múzquiz, el adulto mayor que aparece como acusado, se encuentra a disposición de la juez de control.
De esta manera y, en el supuesto que establece la ley con base en lo que dispone el Código Nacional, no se aplicó la prisión preventiva a Ricardo N, sino una medida alterna decretada, solamente por el período donde se encuentra la audiencia inicial.
Por lo anterior, indicó, de vincular a proceso al adulto mayor, seguirá con la medida cautelar impuesta de prisión domiciliaria o bien la aplicación de un localizador electrónico ya que la prisión preventiva quedó claro por parte de la juez que existe una excepción en este caso por la edad.
Ramírez Guillén, dijo que a la Fiscalía le interesa se lleve a cabo la vinculación y posterior lo que resulte, pero es más importante ver lo referente a la investigación y determinar si Wendy realmente fue víctima o no de agresiones sexuales, consentidas o no pues la ley establece ciertos hechos delictivos independientemente de la conciencia de las personas.
Aclaró que una vez que se revisó a la víctima, no encontraron indicios sobre una agresión sexual reciente, esto se descarta de manera preliminar, sin embargo la carpeta está abierta por lo cual es posible que la mujer haya tenido algún tipo de contacto anteriormente.
Respecto a si podría aplicarse una agravante al delito de privación de la libertad por la calidad de la víctima, toda vez que el sujeto activo tenía conocimiento que Wendy N se encontraba en una situación notoria de inferioridad física y mental, el delegado citó “la ley es muy clara en esto y en efecto sí pudiera agravarse la situación jurídica del ciudadano.
Por el momento aseveró, se trata de un delito de privación de la libertad, pero es una investigación inicial que permanece abierta y estaríamos hablando de una penalidad básica para la privación simple pero se puede agravar de acuerdo a las condiciones que se den durante el proceso”, externó el delegado. Por lo pronto, indicó, nos encontramos en la etapa inicial.