La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el Estado tiene la obligación de garantizar el suministro puntual de medicamentos, salvaguardando así el derecho fundamental a la salud de los ciudadanos.
Esta decisión surge de un caso en el que un hospital del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no proporcionó adecuadamente un medicamento a un paciente, quien, ante la urgencia, tuvo que comprarlo por su cuenta.
En su fallo, la SCJN resaltó que la violación al derecho a la salud se concreta cuando el suministro del medicamento no se realiza de manera oportuna.
En casos de enfermedades que requieren medicación periódica, el Estado debe actuar con diligencia, ya que de ello dependen la vida, la integridad y la seguridad de las personas.
La sentencia establece que, en situaciones donde el Estado no cumpla con el suministro adecuado del medicamento, deberá reembolsar al paciente los gastos incurridos en la adquisición por cuenta propia. Esta medida busca resarcir la vulneración al derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.