La Secretaría de Gobernación publicó el pasado 14 de junio de 2024 en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a la Ley de Amparo en materia de suspensión y a la Ley de Amnistía, otorgando al Presidente de la República la facultad de conceder amnistía de manera directa.
Con la reforma a la Ley de Amparo, los jueces jurisdiccionales ya no tendrán la facultad de suspender leyes generales impugnadas en juicios de amparo, ni de detener obras públicas.
“Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”, indica la modificación al articulo 148.