La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las fuerzas armadas deberán contar con el permiso de un juez para poder intervenir comunicaciones civiles, así como hacer cateos y geolocalización contra sospechosos.
Este golpe a la Sedena se dio gracias a una acción de inconstitucionalidad (46/2016) formulada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que se invalidará los artículos 278, 282, 291, 295 y 296 del Código Militar de Procedimientos Penales (CMPP) y del Artículo 81 bis fracción VII del Código de Justicia Militar (CJM).
Estos artículos le deban facultad a las fuerzas armadas para poder catear sin permiso alguno residencias u oficinas públicas. La SCJN determino que estas facultades violaban las garantías individuales y derechos humanos garantizados por la Constitución.
Por su parte el Artículo 81 bis VII del CJM le daba facultades a las fuerzas armadas para geolocalizar individuos, ahora, para poder hacer esta acción se necesita previa autorización judicial a los concesionarios o permisionarios o comercializadoras del servicio de telecomunicaciones o comunicación vía satélite.
Esta conclusión a la que llegó la SCJN llega después de denuncias por parte de activistas y periodistas, que aseguraron que las fuerzas armadas espiaron sus dispositivos.