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Coahuila

AHMSA: Sindico explica como se pagará a trabajadores tras la exhibición de listas de adeudos

El síndico explica el desglose de los montos adeudados a los trabajadores de AHMSA y el orden de prioridad de pago

Por Adriana Cruz - 08 julio, 2025 - 01:51 p.m.
AHMSA: Sindico explica como se pagará a trabajadores tras la exhibición de listas de adeudos

Luego de que se expusiera una lista detallada de adeudos a trabajadores de Altos Hornos de México (AHMSA), surgieron dudas sobre cómo se componen los montos que aparecen en cada fila y qué posibilidades existen de recibirlos completos.

El síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez aclaró que, en la lista, cada trabajador aparece con un monto total correspondiente a su Contrato Colectivo de Trabajo. Este importe no es un solo concepto, sino que se divide en tres partes, de acuerdo con los artículos 225, 224 y 221:

· Artículo 225: corresponde a sueldos y prestaciones básicas que se consideran de pago prioritario y preferente.

· Artículo 224: incluye otras prestaciones laborales que podrían pagarse si existen recursos suficientes.

· Artículo 221: corresponde a indemnizaciones o conceptos extraordinarios cuyo pago es muy poco probable en este momento.

Es decir, el importe total de cada trabajador se obtiene de la suma de lo que se le debe conforme a estos tres artículos, por eso en la primera columna aparece la cifra global, pero después viene el desglose.

El síndico explicó con claridad cuál será el orden de pago:

En primera instancia, lo que sí o sí se cubrirá es lo correspondiente al Artículo 225.

Estos son los sueldos y prestaciones básicas devengadas que tienen prelación legal.

Si tras la operación o venta de activos de la empresa se logra obtener más recursos, se podrá sumar el pago del Artículo 224. Esto dependerá de qué tan bien se logre reestructurar o vender la compañía.

Lo que se ve muy alejado y prácticamente imposible de cubrir en este momento es el Artículo 221.

Según el síndico, por el volumen de deuda y la situación financiera de AHMSA, este componente difícilmente podrá liquidarse.

Para evitar confusiones, Víctor Manuel Aguilera detalló que el contrato colectivo es la integración de estos tres conceptos. Es decir, no son montos independientes, sino partes del total que se irán pagando por etapas, conforme haya fondos disponibles.

"Primero se pagará el Artículo 225. Luego, si hay recursos y conforme se vaya pudiendo, se cubrirá el Artículo 224. El Artículo 221 es muy complicado que pueda pagarse. Entre más facilidades se brinden para que la empresa conserve valor y se venda en buenas condiciones, mayor será la posibilidad de que se logren cubrir más adeudos", explicó el síndico.

De esta manera, se pide a los trabajadores tener presente que la lista no significa que todos los montos serán cubiertos en un solo pago ni en el corto plazo, sino que existe un orden legal de prelación que se irá cumpliendo conforme se disponga de recursos.

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