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Nación

La SCJN permite el uso de cannabis en alimentos para autoconsumo

Este fallo se suma a la jurisprudencia que ha declarado inconstitucional la prohibición absoluta del uso recreativo de la marihuana en México.

Por Staff / La Voz - 11 septiembre, 2026 - 10:56 a.m.
La SCJN permite el uso de cannabis en alimentos para autoconsumo
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      CIUDAD DE MÉXICO — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los permisos otorgados para el consumo recreativo de cannabis pueden incluir su incorporación en alimentos preparados o semipreparados, siempre que la elaboración se destine de manera estricta al autoconsumo y no con fines comerciales.

      Al resolver un recurso de inconformidad, el Pleno del máximo tribunal del país concluyó que añadir cannabis o tetrahidrocannabinol (THC) a productos alimenticios para uso individual representa una práctica culinaria ordinaria. La resolución precisó que dicha actividad no debe catalogarse como la fabricación industrial de insumos sujetos a esquemas sanitarios especializados.

      Restricciones de la Cofepris

      No obstante, la SCJN ratificó las restricciones impuestas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) que prohíben elaborar medicamentos, suplementos alimenticios, cosméticos, dispositivos médicos o productos para vapeo con esta sustancia. Asimismo, el fallo enfatizó que la medida no faculta la venta, distribución, suministro o enajenación de los alimentos preparados a terceras personas.

      Contexto legal sobre el cannabis

      El pronunciamiento se suma al criterio jurisprudencial iniciado en 2015 y consolidado en 2021, el cual declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso lúdico de la marihuana en México. Mientras la regulación legislativa integral sobre la materia continúa pendiente en el Congreso de la Unión, los permisos emitidos por la autoridad sanitaria siguen limitados a las actividades de siembra, cultivo, cosecha, preparación y transporte exclusivo para los titulares autorizados.

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