En medio del proceso de quiebra de Altos Hornos de México (AHMSA) y su acumulado con Minera del Norte (Minosa), el síndico del concurso mercantil y la propia acerera presentaron formalmente su oposición al intento de Almacenadora Afirme de llevar a cabo un remate extrajudicial de plantas y equipos que forman parte de la masa concursal, al considerar que dicha acción vulnera el procedimiento judicial y pone en riesgo el pago ordenado a los acreedores. Así se desprende de los escritos presentados ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, así como de la lista de acuerdos judicial fechada este 20 de marzo.
De acuerdo con el escrito del síndico Víctor Manuel Aguilera Gómez, el pasado 5 de marzo de 2026 fue notificado por conducto de notario público sobre la intención de Almacenadora Afirme, S.A. de C.V., integrante de Afirme Grupo Financiero, de iniciar la ejecución en remate mediante almoneda pública de diversos bonos de prenda ligados al Contrato de Fideicomiso 76527, celebrado en 2018, donde se involucran activos vinculados a Minera del Norte. En ese documento, el síndico advierte que el remate, programado para el 27 de marzo de 2026, implicaría una ejecución unilateral y extrajudicial sobre bienes que integran la masa concursal de las quebradas, por lo que sostiene que sería jurídicamente improcedente.
La postura del síndico es tajante: en la etapa de quiebra, la enajenación de los bienes corresponde exclusivamente a la sindicatura y debe realizarse conforme a la Ley de Concursos Mercantiles, bajo control judicial y buscando obtener el mayor valor posible para cubrir a los acreedores conforme al orden de prelación. En su promoción recuerda que tanto en la quiebra de AHMSA, decretada el 6 de noviembre de 2024, como en la de Minosa, declarada el 6 de mayo de 2024, el juzgado ordenó expresamente que fuera el síndico quien procediera a la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa. Además, subraya que desde la sentencia que declaró a AHMSA en concurso mercantil, en junio de 2023, quedó suspendido todo mandamiento de embargo o ejecución individual sobre los bienes de la empresa, medida que —afirma— no ha sido revocada.
En paralelo, AHMSA, a través de su representante Gabriel Iván Sarabia Zúñiga, también presentó su propia oposición formal al remate. Aunque reconoce que la empresa está en etapa de quiebra y que la administración de bienes corresponde al síndico, argumenta que la personalidad jurídica de la acerera no se extingue y conserva legitimación para comparecer en defensa de sus intereses dentro del proceso. En su escrito, la compañía señala que el remate promovido por Afirme pretende ejecutar plantas y equipos dados en garantía, los cuales forman parte de la masa concursal, por lo que esa vía extrajudicial contraviene el principio de universalidad del concurso y la prohibición de ejecuciones individuales fuera del juicio.
Tanto el síndico como la empresa advierten que permitir una ejecución aislada a favor de un acreedor con garantía real rompería el sentido mismo del concurso mercantil, ya que abriría la puerta a que acreedores garantizados cobren por fuera del procedimiento, afectando a los demás acreedores y, especialmente, alterando el orden legal de pago. En el escrito de oposición del síndico se sostiene incluso que un acreedor privilegiado no tiene facultades para enajenar directamente los activos de la empresa, sino únicamente derecho a preferencia en el pago conforme a la prelación legal, por lo que cualquier remate individual sería, en su óptica, "ilegal, improcedente e ineficaz" frente al concurso. Además, insiste en que la mejor salida es la venta ordenada de la empresa como unidad productiva, a fin de maximizar el valor de los activos y aumentar las posibilidades reales de recuperación para el conjunto de acreedores.
Sin embargo, la jueza Ruth Haggi Huerta García no resolvió de inmediato sobre el fondo de la oposición. En la lista de acuerdos del 20 de marzo, el juzgado dejó asentado que, aunque el síndico informó que tuvo conocimiento desde el 5 de marzo de la intención de remate, no adjuntó la documentación notarial que acreditara formalmente esa notificación ni acompañó copia del contrato de fideicomiso referido. Por ello, antes de pronunciarse sobre la procedencia o no de la petición, la juzgadora requirió al síndico que en un plazo de 24 horas exhiba la documentación que le fue notificada por el notario público, así como copia del fideicomiso 76527, apercibiéndolo que, en caso de incumplir, se le impondrá una multa equivalente a 120 UMAs. Respecto al escrito de AHMSA, el juzgado indicó que resolverá una vez que el síndico cumpla con ese requerimiento.
El episodio vuelve a colocar en el centro del conflicto el destino de los activos de la siderúrgica más emblemática de Monclova. Mientras Afirme busca recuperar adeudos a través del remate de bienes dados en garantía, la sindicatura y la propia AHMSA sostienen que cualquier intento de subasta fuera del concurso mercantil no solo es ilegal, sino que podría descarrilar la liquidación ordenada de la masa concursal y golpear de frente a trabajadores, acreedores y al ya deteriorado proceso de rescate patrimonial de la empresa.