Ricardo Martínez Loyola detalla reparación del daño a víctimas
La Ley General de Víctimas establece que el Estado puede intervenir en la reparación del daño cuando el responsable no tiene recursos.

Resumen
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¿Preguntas y respuestas?
SALTILLO, COAH.- Las víctimas indirectas de feminicidio tienen derecho a una reparación integral del daño y, cuando el responsable del delito carece de recursos para cubrirla, el Estado puede intervenir mediante la compensación subsidiaria, explicó Ricardo Martínez Loyola, titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
El funcionario señaló que este mecanismo está contemplado en la Ley General de Víctimas y permite que el Estado asuma el pago correspondiente cuando se cumplen las condiciones establecidas legalmente.
Martínez Loyola detalló que, ante una sentencia condenatoria por feminicidio, corresponde inicialmente al responsable cubrir la reparación del daño, debido a que este derecho está reconocido tanto por la Constitución como por los tratados internacionales.
Sin embargo, antes de que intervenga el Estado debe agotarse el procedimiento para exigir el pago al responsable directo y determinar si cuenta con bienes o recursos que permitan garantizar la reparación. "Primero hay que esperar a que se haga el proceso ante aquella persona", explicó.
El titular de la CEAV aclaró que este procedimiento no implica desconocer o negar el derecho de las víctimas a una reparación integral, sino cumplir las etapas legales necesarias antes de recurrir al mecanismo subsidiario.
También precisó que la reparación integral del daño y la compensación subsidiaria no son equivalentes, debido a que tienen componentes distintos y el monto correspondiente se determina bajo criterios diferentes.
En relación con la atención a víctimas, Martínez Loyola informó que desde la creación de la CEAV, en 2014, se han registrado 14 mil carpetas. De ese total, alrededor de 2 mil 600 corresponden a personas desaparecidas.
En el registro también se encuentran casos relacionados con feminicidio, tortura, homicidio y lesiones graves. El funcionario explicó que se trata de víctimas cuyos procesos ya concluyeron o que continúan recibiendo atención.
Respecto a las manifestaciones de familiares de víctimas que han señalado dificultades para recibir atención conforme a los protocolos establecidos, Martínez Loyola indicó que la principal inconformidad está relacionada con el procedimiento para acceder a las compensaciones económicas, más que con los servicios que proporcionan las instituciones.
El funcionario agregó que existen medidas específicas para niñas, niños y adolescentes que quedan en condición de orfandad como consecuencia de un feminicidio.
Entre estas acciones se encuentran mecanismos para otorgar apoyos económicos bimestrales a menores que se encuentran en esta situación, además de las medidas de asistencia y ayuda disponibles mediante la CEAV.
Martínez Loyola señaló que estos apoyos buscan contribuir a atender las necesidades de las familias que enfrentan las consecuencias de un feminicidio y complementar las medidas de atención destinadas a las víctimas.




